La cnmc pide al gobierno que revise el monopolio de los estancos


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) pide al Gobierno que revise el monopolio de la distribución minorista de tabaco a través de los estancos.

Así lo señala en el informe sobre el proyecto de Real Decreto por el que se modifica Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria y se regula el Estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre (PRD).
En el informe, según un comunicado del organismo regulador, se analizan las implicaciones de la nueva orden desde el punto de vista de la competencia efectiva en los mercados y la buena regulación económica y en el informe se pide a Hacienda que analice si “debe mantener la existencia del monopolio en la distribución minorista de tabaco a través de los estancos”.
La norma, recuerda la CNMC, surge por la necesidad de dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012, que declaró nulos varios artículos del Real Decreto 1199/1999 como resultado de la sentencia del Tribunal Justicia de la Unión Europea que estableció que la exclusión de los expendedores para actuar como importadores resultaba contraria al artículo 34 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). En ella se efectúan las modificaciones oportunas derivadas de la sustitución del procedimiento de acceso a la titularidad de expendedurías de concurso a subasta; mejora la regulación y otorga mayor seguridad jurídica a los operadores.
No obstante, la CNMC advierte que el mercado de tabaco en España presenta “fuertes restricciones” a la competencia derivadas de la configuración del comercio al por menor de las labores de tabaco como un régimen de monopolio del que es titular el Estado. A pesar de que esta restricción no se deriva de este proyecto de Real Decreto, advierte al Gobierno que no se realizan todos los avances que serían “convenientes”.
Por esta razón, pide al Gobierno que analice la “conveniencia” de mantener este monopolio atendiendo a los “principios de buena regulación, y en caso de que no se encuentre suficientemente justificado, proceda a realizar las modificaciones normativas necesarias para su progresiva eliminación”.
MÁS COMPETENCIA
En relación con el contenido del Proyecto de Real Decreto, la CNMC valora “positivamente” algunas medidas con capacidad de mejorar la regulación e incrementar una competencia efectiva en el sector.
En concreto, observa avances en la posibilidad de gestión delegada de autorizaciones para puntos de venta con recargo, la liberalización de los horarios de apertura de expendedurías, la mayor flexibilidad en el régimen de transmisión de las mismas, y la desaparición de un derecho de preferencia al anterior concesionario de la expendeduría.
En el informe, la CNMC enumera 11 recomendaciones sobre diversas restricciones (independientemente de que algunas deriven de la ley que regula el sector) que se deberían que recomienda modificar.
En concreto, Competencia considera “desproporcionada” que las concesiones sean de 25 años y pide a Hacienda que “regule un plazo inferior” y, además, solicita que “elimine o suavice” los requisitos para ser titular de una expendeduría porque “no se aprecia una justificación razonable”.
También reclama a Hacienda que deje “libertad a los operadores para que decidan qué actividades o servicios realizar en los estancos, declarando sus actividades a través de una simple comunicación”; elimine la limitación en los productos a comercializar y conceda por mecanismos competitivos, como la subasta, los despachos temporales de tabaco a terceros, para ferias, exposiciones, etc.
Así como que revise las reglas generales para la instalación de expendedurías porque se “concede excesiva discrecionalidad a la Administración Pública”; que se elimine la exigencia de tener previamente un establecimiento para optar a una expendeduría complementaria; y califica como “barrera innecesaria y desproporcionada” a la competencia exigir que el tabaco se almacene en el punto de venta y se exija una autorización administrativa para utilizar otro local.
Por último, el organismo regulador dice que tampoco estarían “justificadas las causas tasadas para el cambio de ubicación”; pide que se elimine la limitación que existe en la actualidad de abastecer en exclusividad las máquinas expendedoras entre los tres estancos más próximos; y que se elimine o se justifique mejor la obligación de adquirir y transportar las labores de tabaco personalmente por el titular del estanco; así como las restricciones en la transmisión de los estancos y la participación en nuevos concursos.

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