La Justicia perdona a Telefónica una multa por mandar 46 millones de SMS de spam

  • La Audiencia Nacional ha eximido a la compañía presidida por César Alierta de pagar una sanción de miles de euros por haber realizado un envío masivo de 46 millones de mensajes de texto. La maniobra fue denunciada por la Agencia de Protección de Datos, tras alegar que los destinatarios no podían oponerse a recibirlos.

La CMT acuerda devolver a Telefónica 7,3 millones de parte de una multa de 2003
La CMT acuerda devolver a Telefónica 7,3 millones de parte de una multa de 2003
Ana P. Alarcos

La Justicia ha dado la razón a Telefónica, que se ha librado de pagar una multa de miles de euros por mandar publicidad de manera masiva. Lo que se conoce como spam.

Y es que, tras dos años de pleitos judiciales, la Audiencia Nacional ha reconocido que la compañía presidida por César Alierta actuó de forma correcta, en contra de lo que alegaba la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Todo empezó en el año 2010, cuando la institución pública puso una sanción de 50.000 euros a la compañía.

El motivo de la multa era el envío masivo ilegítimo de 46 millones de SMS publicitarios con estos textos: "MoviStar publi. Este es tu SMS de la SUERTE. Puedes ganar 1MILLON de euros! Y 50.000 CADA DIA! Hoy mismo! Envia ahora MILLON al #### (1,2+IVA)". O bien, "MoviStar publi. Soy la suerte y quiero cambiar tu vida. MoviStar da 1MILLON y 50.000 euros hoy. Juega estoy de tu lado. Envia MILLON al #### (1,2+IVA)".

La Agencia de Protección de Datos consideró que dichos mensajes de texto no daban la posibilidad al destinario de oponerse a su recepción de manera fácil y gratuita.

Sin embargo, este argumento de la AEPD para sancionar a la multinacional no ha sido suficiente para la Justicia española.

¿El motivo? Telefónica recurrió la multa asegurando que los SMS sí que daban la posibilidad de paralizar su recepción. Los primeros SMS incluían el texto "NO MÁS PUBLI AL 1010", y los posteriores incluían la referencia "Info:movistar.es", esto es, la web en la que podrían informarse y frenar los envíos.

Esta justificación ha sido suficiente para la Audiencia Nacional, que ha estimado el recurso de Telefónica tras constatar que una web en los SMS es suficiente para entender cumplido el deber de dar información para oponerse a los envíos.

Según el despacho de abogados especializados en el anonimato en internet, www.salirdeinternet.com, "las sanciones por spam (o envíos comerciales no consentidos), son frecuentes y ya solo la cuantía de las multas desaconsejan utilizarlos. La AEPD ha llegado a sancionar a un infractor con 30.001 euros por enviar de cuatro correos electrónicos de este perfil".

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