Los alcaldes podrán 'saltarse' al Pleno Municipal para pedir ayuda al Estado

    • Hacienda asegura que la disposición no planteará "problemas jurídicos ni constitucionales".
    • La Ley de Bases de Régimen Local reserva en principio las competencias sobre presupuesto, ordenanzas fiscales y todo lo referente a gestión económica al Pleno Municipal.

Hacienda permitirá que los gobiernos municipales se salten al Pleno para solicitar asistencia financiera.
Hacienda permitirá que los gobiernos municipales se salten al Pleno para solicitar asistencia financiera.

Bastará con que así lo decida un alcalde o la junta de Gobierno de un determinado municipio para que Hacienda active el esquema de ayuda financiera que ha puesto en marcha para salvar de la quiebra al grupo de unos 400 ayuntamientos que se encuentran en una situación límite.

¿Qué hay de raro en ello? Pues que la Ley de Bases del Régimen Local parece reservar esa competencia al Pleno Municipal y que el Ministerio de Hacienda ha tenido que aprobar una controvertida reforma legal para que esto pueda hacerse así.

La razón por la que se ha decidido a realizar esta reforma es porque se ha encontrado con numerosos casos en que los plenos municipales han bloqueado la solicitud de asistencia financiera que sí querían pedir o bien los alcaldes o bien las juntas de gobierno de los municipios.

Hay que recordar que hasta el momento apenas 88 de los 400 municipios en problemas han solicitado la ayuda del Estado.

"Estamos hablando del dinero de todos los españoles", se justifica Hacienda, que no comparte que la oposición de un Pleno por cuestiones de táctica política o de otra naturaleza pueda hurtar a un municipio el derecho de mejorar su situación financiera.

Avalan su reforma legal con el artículo 135 de la Constitución, "Todas las Administraciones Públicas adecuarán su actuación al principio de estabilidad presupuestaria", y con los informes favorables que han recibido de sus servicios jurídicos.

Tan seguros están de que la Constitución les respalda que han abierto la puerta también a que, en algunos casos, los alcaldes o las juntas de gobierno puedan aprobar los presupuestos municipales, una competencia, ésta sí, reconocida expresamente como del Pleno en la Ley de Bases de Régimen Local.

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