Hacienda contratará auditores privados hasta 2018 ante la falta de medios

  • El Ministerio ya recurrió el año pasado a empresas privadas para realizar las labores de supervisión
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EUROPA PRESS

El Ministerio de Hacienda contratará, un año más, a auditores privados por la "insuficiencia de medios" de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para cumplir con las auditorías previstas tanto para este año, como para el próximo.

En una resolución firmada por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Gobierno admite que la Intervención General, como en años anteriores, "carece de efectivos suficientes" para hacer frente, en el plazo previsto, a algunas de las actuaciones incluidas en los planes de control aprobados, por lo que afirma que razones "de eficiencia técnica y organizativa", determinan la necesidad de contratar empresas privadas de auditoría.

Concretamente, la colaboración de auditores privados afectará al Plan Parcial de Auditorías y Control Financiero de Subvenciones y Ayudas Públicas para el año 2018 y al Plan de Control de Fondos Comunitarios 2017-2018.

Con esta Orden, el Ministerio autoriza al organismo a recabar la ayuda de empresas privadas para realizar esta tarea, que según la Ley General Presupuestaria, incluye la realización de la auditoría de las cuentas anuales de organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades estatales de derecho público, consorcios, fundaciones del sector público estatal, y sociedades mercantiles estatales, entre otras.

De esta forma, en la Orden publicada este martes, en vigor a partir de mañana, la Intervención General, "dentro de sus disponibilidades presupuestarias", podrá recabar la colaboración de empresas privadas para realizar las auditorías de las cuentas anuales de los organismos y entidades antes citados y para la realización de controles de fondos comunitarios.

Asimismo, autoriza la celebración de estos contratos de colaboración con auditoras privadas por un plazo de vigencia superior a un año en aquellos trabajos de control o auditoría que tengan carácter periódico y recurrente, si bien no especifica el importe que dedicará a la contratación de estos servicios.

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