La Inspección estudia posibles fraudes

El miedo a perder el trabajo crece entre los fijos por los despidos en periodo de prueba

La empresa puede rescindir el contrato de un trabajador sin aportar una causa durante estos meses, mientras que este puede quedarse sin derecho a la prestación por desempleo o optar a una indemnización muy reducida. 

Trabajador despedido
El miedo a perder el trabajo crece entre los fijos por los despidos en periodo de prueba. 
Europa Press

La reforma laboral de 2021 penalizó la contratación temporal, por lo que la mayoría de ofertas de trabajo ya incluyen un contrato indefinido en su descripción. No obstante, este rasgo por sí solo ha perdido atractivo para los trabajadores, ya que la extensión de este modelo de contrato lo ha desvinculado de la idea de seguridad. Hace más de una década que el paso a fijo de un trabajador no despeja las probabilidades de que pierda un trabajo, pero esta sensación se acentúa en el caso de los trabajadores que llevan menos en la empresa, según refleja el 'Employer Brand Research 2023' publicado por la empresa de trabajo temporal Randstad. El 39% de los trabajadores que llevaban en su puesto menos de seis meses temía quedarse sin empleo, frente a un 28% de los que no lo habían hecho. 

En el mes de septiembre había 12,7 millones de trabajadores con un contrato indefinido, de los que algo más de un millón eran fijos discontinuos en activo, según los datos recogidos por la Tesorería General de la Seguridad Social. En cambio, el último registro de bajas por no superar el periodo de prueba data de agosto, cuando se anotaron más de 56.500, después de que en julio se anotara un máximo de 71.800. En 2021 -antes de la reforma laboral- la cifra era de 7.000 en julio y 5.000 en agosto, lo que ponen en evidencia que el incremento ha sido drástico y mayor que el de las firmas de contratos indefinidos, según los datos del mismo organismo. 

"Hemos detectado cierta inseguridad a la hora de que los trabajadores valoren nuevas oportunidades laborales, aún cuando se les ofrezca un contrato indefinido con proyección a medio plazo y que mejora considerablemente sus anteriores condiciones", admite la socia laboralista de A&E abogados, Alejandra Gútiez. Por ello, desde este despacho aconsejan a sus clientes que se lo piensen dos veces antes de tomar la decisión de cambiar de empleo. "Existen riesgos. El desempleo puede peligrar en la medida en que no permanezcan al menos tres meses en la nueva empresa y una no superación del periodo de prueba podría suponer que el empresario cesara al trabajador sin necesidad de invocar causa y sin coste alguno", traslada a La Información. 

La normativa establece que el periodo de prueba puede ser de un máximo de seis meses para los técnicos titulados o de dos meses, para el resto de trabajadores, si bien el convenio colectivo puede acotarlo más, recuerda la experta. "Frente a esta posibilidad muchas veces planteamos que negocien un periodo de prueba inferior al legalmente estipulado o, directamente negocien su supresión. Otra opción es acordar una penalización para el supuesto de que se recurra a una no superación del periodo de prueba en los primeros meses, a fin de tener ciertas garantías a la hora de asumir el riesgo de iniciar un nuevo empleo", apunta Gútiez, quien confirma que los despidos del personal con menor antigüedad han aumentado, lo que ha llevado a algunos tribunales ha imponer sentencias disuasorias atendiendo a la situación del trabajador -como quieren establecer los sindicatos y Yolanda Díaz-.

Tienen las indemnizaciones más bajas

Precisamente, el abogado y manager del Área Laboral y Seguridad Social de Ceca Magán, Javier Reyes, atribuye la percepción de menor seguridad en el empleo de los trabajadores recién incorporados al sistema de indemnizaciones vigente. "Para calcularlas se tiene  en cuenta el salario y la antigüedad del trabajador, de 12 días por año trabajado en el caso de los contratos temporales y de 20 días para los indefinidos. De manera que si el empleado ha cambiado de empresa recientemente, esta será baja" detalla en conversación con este medio. "La empresa puede despedir siempre, incluso si finalmente se determina que ha sido improcedente, siempre y cuando asuma el pago", concluye. 

Otras compañías podrían estar recurriendo a la contratación y desistimiento en periodo de prueba para suplir los puestos que antes de la reforma cubrían con contratos temporales. Esto es, usando la figura para una finalidad prevista en la norma, lo que Reyes aprecia que sería constitutivo de fraude. "La Inspección vigila estos casos pero es complicado detectar cuando el cese responde a una no superación del periodo de prueba o cuando esconde un contrato temporal, dado que el empresario no tiene que aportar una causa" apunta. Si bien, en el supuesto de comprobarse que el 'modus operandi' de la empresa es cesar a los trabajadores a escasos días de que culmine el periodo de prueba se enfrenta a sanciones administrativas o a tener que convertir este acuerdo laboral en fijo. 

Algunos casos ya han llegado al plano judicial, lo que ha dado lugar a las primeras sentencias. Sin embargo, el laboralista de Ceca Magán admite que el porcentaje de trabajadores que impugnan estas decisiones es muy reducido debido a los escasos meses que llevaban en la compañía. "Es más frecuente en los supuestos en los que la decisión se basa en una discriminación o va contra los derechos fundamentales, por haber reclamado algo molesto para la empresa, haber participado en actividades sindicales o por ejemplo, estar embarazada" sostiene. 

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