Nombre del creador del Pórtico de la Gloria enfrenta en juzgados a 2 empresas

  • El nombre del Maestro Mateo, artífice del Pórtico de la Gloria en la catedral de Santiago de Compostela (A Coruña), ha enfrentado a una empresa gallega y a otra murciana que rivalizan por la utilización de esa denominación en sus productos comerciales y que han llevado el asunto hasta el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM).

Murcia, 13 jul.- El nombre del Maestro Mateo, artífice del Pórtico de la Gloria en la catedral de Santiago de Compostela (A Coruña), ha enfrentado a una empresa gallega y a otra murciana que rivalizan por la utilización de esa denominación en sus productos comerciales y que han llevado el asunto hasta el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM).

La sentencia del TSJRM, a la que ha tenido acceso Efe, ha desestimado el recurso que Destilerías Carthago, de Torre Pacheco (Murcia), presentó contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de septiembre, que en 2007 estimó el recurso presentado por la sociedad limitada Grandes Vinos de Galicia y la autorizó al uso de la marca Maestro Mateo.

La firma murciana se opuso a esta autorización y alegó que el nombre podía crear confusión con el de Maestro, que tenían registrado a su favor, por lo que pidieron al TSJRM que estimara su recurso y condenara a la firma gallega a la prohibición del uso del nombre Maestro Mateo.

Al desestimar el recurso, el tribunal indica que el riesgo de confusión entre ambas denominaciones no existe, "ya que, como señala la Administración, no existe una identidad evidente, pues se trata de marcas denominativas con suficiente diferencia fonética y gráfica -Maestro y Maestro Mateo-, y, a mayor abundamiento, esta última es en sí un concepto diferenciado".

La Sala añade que "es la denominación que recibe el autor del Pórtico de la Gloria de la catedral de Santiago de Compostela, al que se evoca al tratarse de una empresa gallega".

La sentencia recoge también que esta última "ha señalado que la recurrente se dedica a la fabricación de licores que nada tienen que ver con el vino albariño denominado Maestro Mateo, y existen diferencias claras y evidentes de orden conceptual y fonético, por lo que las marcas son compatibles y pueden convivir de forma pacífica en el mercado de las bebidas alcohólicas".

Al desestimar el recurso, la Sala concluye que "no existe el riesgo de confusión entre ambas marcas, pues es posible la distinción de una y otra por parte del consumidor".

La resolución judicial no es firme, ya que contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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