Demanda impulsada por CCOO PV

El Supremo incluye en los ERTE Covid a empleados fijos discontinuos de hoteles

El Alto Tribunal ampara a 50 trabajadores de una empresa con instalaciones en Comunidad Valenciana, que se quedaron fuera de la regulación durante dos meses tras decretarse la pandemia en marzo de 2020.

La fachada del Tribunal Supremo, a 15 de octubre de 2021, en Madrid (España). 15 OCTUBRE 2021;TRIBUNAL SUPREMO Óscar Cañas / Europa Press 15/10/2021
El Supremo incluye en los ERTE Covid a empleados fijos discontinuos de hoteles.
Europa Press.

El Tribunal Supremo ha fallado la inclusión de 50 trabajadores fijos discontinuos pertenecientes a una empresa hotelera con instalaciones en Valencia y Alicante dentro de los ERTE por fuerza mayor que se activaron durante la pandemia, después de que el sindicato CCOO PV recurriera al juzgado ya que este colectivo de empleados se quedó fuera de la regulación durante un periodo de dos meses, justo después de que se decretara en marzo de 2020. A la postura esgrimida por la asociación sindical también se sumó la Inspección de Trabajo de Valencia, aunque existieron empresas que hicieron caso omiso de las instrucciones y los fijos discontinuos sufrieron, según la federación de Servicios de CCOO PV, "una situación muy perjudicial".

La empresa demandada por el sindicato, Industrias Hoteleras del Mediterráneo, cuenta con establecimientos en las ciudades de Gandía, Benidorm y Villajoyosa, y el requerimiento que se le interpuso fue rechazado en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia autonómico. Ahora, el TS ha estimado la demanda del sindicato para incluir al personal que vio su actividad laboral suspendida en 2020 antes y después de la fecha de efectos del ERTE, así como al personal fijo discontinuo que no se pudieron incorporar por falta de llamamiento anterior a la fecha del ERTE como consecuencia de la COVID-19.

El responsable de acción sindical de la federación de Servicios de CCOO PV, Salvador Mejías, ha explicado que la primera norma sobre los ERTE no dejaba clara la inclusión de los fijos discontinuos y a muchos de estos trabajadores "no se les dio la ventaja de los ERTE en la prestación por desempleo", aunque la norma posterior aprobada sí los englobó. No obstante, los afectados quedaron desprotegidos durante aproximadamente dos meses, desde mediados de marzo de 2020, y ahora el Supremo da la razón al sindicato, que espera que la empresa hotelera reconozca el derecho de esos trabajadores.

Mejías también ha agradecido las consideraciones del Alto Tribunal, resaltando que valoran "que el Supremo haya recogido las tesis sindicales y no solo considere los mecanismos de protección establecidos por el Gobierno a través del diálogo social con sindicatos y patronal, sino que preserve los derechos a la ocupación efectiva de un colectivo muy importante en el sector turístico" de la Comunitat Valenciana.

En plena negociación por la reforma de la norma laboral, la federación de Servicios CCOO PV considera que el tratamiento del personal fijo discontinuo ha de ser garantía de estabilidad en ocupación y derechos, además de mejorar la actual protección social. Por ello, desde el sindicato consideran que este tipo de resoluciones "resultan de enorme importancia ante conductas empresariales torticeras que buscan trabajadores a la carta y sostienen que no encuentran profesionales". 

Mostrar comentarios