Tribunal europeo rechaza recurso de Cetarsa a multa por fijar precios tabaco

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha desestimado hoy el recurso presentado por la Compañía Española de Tabaco en Rama (Cetarsa) contra la multa que se le impuso por participar en un pacto ilegal de precios en España.

Bruselas, 12 jul.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha desestimado hoy el recurso presentado por la Compañía Española de Tabaco en Rama (Cetarsa) contra la multa que se le impuso por participar en un pacto ilegal de precios en España.

Cetarsa solicitaba la anulación de la sentencia del Tribunal General de la UE y una reducción de la multa impuesta.

En febrero de 2011, el Tribunal General de la UE redujo la multa impuesta por la Comisión Europea (CE) a Cetarsa, que pasó de 3,63 a 3,15 millones de euros.

También los jueces han rechazado hoy la adhesión al recurso de casación por parte de la CE, que pidió que se anulara la rebaja de la multa a Cetarsa y se modificara el reparto de las costas.

La empresa decidió presentar un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia "alegando una violación del principio de igualdad de trato".

En particular, la empresa reprochó al Tribunal General que considerara que los cárteles formados por los transformadores y los representantes de los productores no se hallaban en una situación comparable y que esa diferencia justificaba que la CE hubiera impuesto una multa simbólica a estos últimos.

Según Cetarsa, los dos cárteles incurrieron en idénticas prácticas, incluidas las reuniones anuales colectivas entre los representantes de los productores y los transformadores para fijar las tablas de precios y las condiciones.

El Tribunal de Justicia desestima ese motivo, por considerarlo "parcialmente inadmisible y parcialmente infundado".

La sentencia explica que el Tribunal General "estimó que la incertidumbre ocasionada por el marco jurídico nacional no afectaba del mismo modo al aspecto secreto del cártel de los transformadores y a su aspecto público que al cártel de los representantes de los productores".

Por otra parte, el Tribunal de Justicia también desestima por infundado el argumento de Cetarsa, que denunciaba que se había producido una vulneración de los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato contra ella, al haber sido la única empresa del cártel a la que no se reconoció una circunstancia atenuante que le hubiera permitido reducir un 40 % el importe de base de la multa.

En cuanto a la adhesión a la casación por parte del Ejecutivo comunitario, el tribunal también desestima los motivos invocados.

La sentencia de hoy desestima el recurso de casación principal y la adhesión a la casación y condena a costas a Cetarsa y a la CE.

La CE impuso a Cetarsa en 2004 una multa por haber formado parte -entre 1996 y 2001- de un cártel en el mercado español de tabaco crudo para fijar los precios pagados a los agricultores y repartirse las cantidades compradas.

Bruselas también multó a otras cuatro empresas -Agroexpansión, World Wide Tobacco España (WWTE), Tabacos Españoles y Deltafina- y, de forma simbólica, a las organizaciones agrarias y cooperativas; en total, la sanción de la CE ascendió a 20 millones de euros.

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