La tributación en el IRPF de los empleados expatriados e impatriados

  • ¿Cómo se calcula el IRPF?
  • Para conocer qué tributación le corresponde habrá que tener en cuenta dos criterios, dónde ha obtenido las rentas y cuál es su lugar de residencia.
¿Quieres tener a los mejores trabajadores? El dinero no basta. / Pexels
¿Quieres tener a los mejores trabajadores? El dinero no basta. / Pexels

La globalización ha interconectado todos el mundo entre sí, de manera que ya es común que muchas empresas operen en diferentes países. Esto, además, implica que los trabajadores también se mueven con mayor con frecuencia para trabajar en regiones diferentes. Sin embargo, esto puede ocasionar confusiones en torno a la fiscalidad que hay que seguir según donde reciban sus salarios.

La situación descrita puede dar lugar a dos tipos de personas: los denominados expatriados, residen en un país diferente al de su origen, e impatriados, quienes se han traslado del extranjero para trabajar en una empresa, A continuación repasamos la tributación en el IRPF de estos empleados.

Para conocer qué tributación le corresponde habrá que tener en cuenta dos criterios, dónde ha obtenido las rentas y cuál es su lugar de residencia. Por una parte, aquel con domicilio fiscal en España, sea residente fiscal, tributarán en este país, pero podrán acogerse a ciertos beneficios.

Por una parte, el artículo 7 de la Ley del IRPF considera exentas las rentas obtenidas por trabajos en el extranjero. Pero esta exención tiene un límite de 60.100 euros y exige que los trabajos por los que se obtiene se realicen en una empresa no residente en España y en un país en el que se aplique un régimen tributario similar al de nuestro país.

Además, la legislación incluye un régimen de excesos excluidos de tributación, en referencia a las dietas que se obtienen por los desplazamientos al extranjero. Sin embargo, ambas exenciones son incompatibles y el contribuyente deberá optar solo por una de ellas.

Impuesto sobre la Renta de los No Residentes

Por otra parte, aquellos trabajadores extranjeros que obtengan rendimientos en España se consideran no residentes fiscales y pueden tributar por el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR). Este régimen resulta más beneficioso para el contribuyente porque el tipo aplicable es del 24%, hasta los 600.000 euros. La diferencia es clara ya que el último tramo del IRPF, a partir de los 60.000, el tipo que se aplica es del 45%.

Sin embargo, para poder beneficiarse de este régimen hay que cumplir ciertos requisitos: no haber residido en España en los últimos 10 años, que el desplazamiento a España se produzca como consecuencia de un contrato de trabajo o por la adquisición de la condición de administrador de una entidad y que el contribuyente no obtenga rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español.

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