CNMC multa a Atresmedia y Mediaset por anunciar alcohol en horario protegido

  • Está prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas con nivel inferior a veinte grados cuando se emita fuera de entre las 20: 30 horas y las 6 horas. 
Las bebidas alcohólicas de menos de 20 grados podrán anunciarse donde su venta y consumo estén prohibidos
Las bebidas alcohólicas de menos de 20 grados podrán anunciarse donde su venta y consumo estén prohibidos

La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha sancionado a Atresmedia con 145.147 euros y a Mediaset con 118.728 euros por vulnerar el artículo 18.3 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) al haber emitido comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a veinte grados en una franja horaria protegida.

En este sentido, la LGCA indica que está prohibida "la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados cuando se emita fuera de la franja de tiempo entre las 20,30 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir".

Estas comunicaciones comerciales tuvieron lugar en los canales de televisión Antena 3 y Neox, de Atresmedia y Telecinco, de Mediaset, durante los meses de noviembre y diciembre de 2017.

La CNMC ha recordado que contra esta resolución Atresmedia y Mediaset podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Esta sanción se conoce poco después de que Mediaset perdiera en la Audiencia Nacional una de sus contiendas con Competencia por Cuatro. La cadena selló hace ocho años su compra, para convertirse en uno de los dos actores de referencia de la televisión en abierto. Sólo unos meses después, Competencia puso la lupa sobre la fusión y obligó a las cadenas, por ejemplo, a contratar la publicidad de forma separada. Abrió así la veda a una batalla por el cumplimiento de esas condiciones, que lleva años enfrentando en los tribunales a la cadena de televisión y a la actual Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), ganando finalmente ésta última. 

Competencia ya había leído la cartilla a Mediaset, pidiéndola un menor número de parones publicitarios. De hecho, la CNMC permite una interrupción publicitaria por cada treinta minutos, puesto que más parones afectarían a la integridad de los programas. Además, hace justo un mes también era sancionada la cadena por emitir publicidad encubierta de la revista 'Hola' en el programa 'Sálvame'

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