(AMPLIACIÓN) ESTELADAS. EL JUEZ DICE QUE “EN NINGÚN CASO” ESTÁ PROBADO QUE ESTA ENSEÑA INDEPENDENTISTA INCITE A LA VIOLENCIA

El titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid, que ha permitido las esteladas en la final de la Copa del Rey de este domingo, sostiene que “en ningún caso” está probado que esta enseña independentista pueda “incitar a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atente contra la dignidad humana”.
El magistrado hace esta consideración en el auto que ha dictado este viernes y en el que accede al recurso que presentó la Asociación de Abogados El Drets, que, al igual que el Barcelona F.C., pidió revocar la prohibición de llevar esteladas a la final de Copa.
Esta medida fue acordada por la delegada del Gobierno en Madrid, Concepción Dancausa, que ha anunciado que no recurrirá la decisión del juez, pero sostiene que la prohibición de portar la enseña separatista catalana en la final de Copa fue acordada en una reunión técnica y amparándose en la Ley del Deporte. El objetivo de la medida era evitar incidentes por la exhibición de un emblema político como la estelada.
Por el contrario, el juez argumenta que, aunque la libertad de expresión puede ser “constreñida” en circunstancias excepcionales para proteger otros derechos, “no se entiende” que la mera “exhibición de banderas que manifiestan un sentimiento o ideología pueda, en principio, constituir o generar violencia, racismo, xenofobia, intolerancia en el deporte”.
“VALOR DEL PLURALISMO”
El instructor entiende que la exhibición de esteladas puede considerarse entonces “una mera manifestación de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”.
Añade que “el valor del pluralismo político comporta la libertad para pensar, expresarse y participar o no participar en los procesos políticos en condiciones de transparencia e igualdad con los demás actores políticos, y en la medida en que la democracia implica pluralismo, ampara la discrepancia y las formas en las que ésta pueda manifestarse, siempre que esa expresión sea, a su vez, respetuosa con los derechos de los demás”.
Además, el titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid concluye que “en ningún caso ha resultado probado en este momento procesal que la exhibición de la llamada ‘estelada’ puede incitar a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atente contra la dignidad humana, que como manifestación de una ideología política o creencia no se justifica en qué medida infringe el orden jurídico existente y en qué medida pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales”.

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