La Comunidad no recurrirá la sentencia que anula la estancia mínima de cinco días para viviendas turísticas

La Comunidad no recurrirá la sentencia que anula la estancia mínima de cinco días para viviendas turísticas
La Comunidad no recurrirá la sentencia que anula la estancia mínima de cinco días para viviendas turísticas
EUROPA PRESS
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Así lo ha indicado a Europa Press el director general de Turismo de la Comunidad de Madrid, Carlos Chaguaceda, tras consultas con la Abogacía de la Comunidad de Madrid, que considera que la sentencia está bien fundamentada y es "sólida".

A ello se añade que la Administración regional no es partidaria de aplicar restricciones que "no necesite" el sector y recalca que la sentencia no anula aspectos básicos para la regulación de la actividad, como la condición de contar con un plano visado por el colegio de arquitectos para las viviendas y la exigencia de un registro de inscripción, aspectos que recurría también el recurrente, en alusión a la Asociación Madrid Aloja

Carlos Chaguaceda ha detallado que la sentencia aporta "claridad" en dos vertientes, anulando una disposición y manteniendo dos que habían sido recurridas, dando "validez" a los dos aspectos referidos anteriormente recogidos en el decreto de mayo de 2014.

"Lo importante para nosotros es ver cómo introducimos esa claridad", ha apuntado el director general de Turismo de la Comunidad en referencia a la regulación respecto a la actividad y la oferta de plazas como en las garantías para el turista.

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