Condenado a ocho años y medio de cárcel el cabecilla de una red de empresas pantalla que defraudó 3,2 millones

  • La Audiencia Nacional impone a otras 16 personas de la trama penas de entre dos meses y dos años de prisión
EUROPA PRESS

La Audiencia Nacional ha condenado a ocho años, seis meses y tres días de prisión al abogado Ramón Cerdá Sanjuán, el cabecilla de una trama de creación de empresas pantalla con las que defraudó a Hacienda más de 3,2 millones de euros.

El tribunal también condena a Cerdá Sanjuán, quien ya había sido investigado en varias operaciones de blanqueo de capitales, al pago del total de la cantidad defraudada. Lo absuelve, en cambio, de dos delitos de falsedad documental.

Junto al abogado, la Audiencia Nacional también ha condenado a otras 16 personas vinculadas a esta red de sociedades instrumentales a penas que oscilan entre los dos meses y los dos años de prisión, así como al pago de multas que van de los 300.000 euros a los 3,2 millones.

Según la sentencia, hecha pública este miércoles, esta trama delictiva desarrolló, a partir de dos sociedades distribuidoras, una red de empresas pantalla con las que, a lo largo de los años 2004, 2005 y 2006, se dedicaron al suministro de material informático y de oficina a precios reducidos a grandes superficies.

A través de esta red, los condenados defraudaron las cantidades correspondientes al IVA que generaba esta actividad comercial ficticia en algunos de los casos, por un valor de más de 3,2 millones de euros.

DOS 'MODUS OPERANDI'

Una parte de su actividad la realizaban dentro de la legalidad, mientras que, de forma simultánea, intervenían en operaciones intracomunitarias simuladas, siguiendo patrones de fraude en la introducción de las mercancías y de fraude de carrusel.

En ambas modalidades de fraude, una empresa, denominada 'trucha', aparenta realizar compras de productos electrónicos a una compañía de un Estado de la UE, una operación exenta de IVA. En este escalón se sitúan varias entidades fantasmas sucesivas, que funcionan como pantallas para dificultar el seguimiento del pago del IVA, explica la resolución.

En este caso, las mercancías son reales, pero en el caso del fraude del carrusel los productos por lo general no existen: en ocasiones se simula su reexpedición o entrega a un operador intracomunitario, o la exportación a un agente de un tercer Estado, dibujando una circulación ficticia de facturas y dinero para generar derechos a la devolución de cantidades de IVA.

Según la sentencia, Cerdá Sanjuán se dedicaba a vender empresas que, aunque cumplían los requisitos formales, eran ilocalizables y tenían administradores simulados, inexistentes, personas cuya identidad había sido suplantada ante notarios que ejercían controles insuficientes o con testaferros, pagados o engañados.

El abogado negó los hechos y aseguró que se había limitado a constituir y vender sociedades, sin conocer la actividad de los clientes ni a los administradores. Sin embargo, el tribunal considera que su hipótesis no se sostiene dada la repetición de conductas idénticas en todas las empresas de la misma trama de fraude así como su relación continuada con personas implicadas.

Mostrar comentarios