LOS EXPERTOS QUE ESTUDIAN LA SENTENCIA SOBRE LOS INTERINOS DISCREPAN SOBRE LOS DÍAS A INDEMNIZAR

- La mayoría evita pronunciarse, mientras que una minoría opta por los 20 días por año trabajado. El grupo de expertos que estudia la sentencia europea sobre las condiciones laborales de los trabajadores temporales e interinos coincide en establecer una indemnización por finalización de contrato, pero discrepa entre las alternativas de 12 días o 20 días por año trabajado, puesto que una mayoría evita pronunciarse, mientras que una minoría se inclina por los 20 días.
Fuentes cercanas al grupo de expertos comunicaron a Servimedia hoy una serie de conclusiones que han acordado después de estudiar el alcance de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 14 de septiembre de 2016 respecto a la contratación temporal y, en especial, la interina.
En este sentido, la mayor parte del grupo ha decidido “dejar abierta la formulación de sus propuestas definitivas” sobre la posibilidad de establecer una indemnización para los interinos de 12 días por año trabajado o 20 días, en espera de que se resuelvan otras sentencias sobre este asunto.
Mientras, otros miembros del grupo creen que debería tomarse en consideración una reforma del Estatuto de los Trabajadores “en el marco del diálogo social y de la negociación colectiva” y en la que podría estimarse la indemnización de 20 días.
El grupo coincide en que la sentencia europea “no ha dado una respuesta suficientemente precisa y segura” respecto a determinar una indemnización para los interinos, presenta “ambigüedades” y “no refleja correctamente la realidad de nuestro ordenamiento jurídico español”, al no tener en cuenta que para algunos tipos de despido de interinos sí existe indemnización.
Asimismo, el grupo asegura que “queda en la indefinición” la posible aplicación a los interinos de la misma indemnización que a los fijos, que es de 20 días.
"REVISIÓN PROFUNDA" DE LOS CONTRATOS
Por otra parte, entre las conclusiones apuntadas los expertos creen que “debe mejorarse” la regulación de los contratos de interinidad, “especialmente en el sector público”, así como los mecanismos de lucha contra el fraude en su utilización, de manera que el Gobierno acometa una “revisión profunda” de este tipo de contrato.
En este sentido, el grupo propone “valorar la aplicación al contrato de interinidad de la regla limitativa del encadenamiento sucesivo de contratos, estableciendo un plazo máximo de duración para esta modalidad contractual", que sería acordado en el marco del diálogo social, y previéndose en estos casos una nueva causa de despido objetivo vinculada a la extinción de la situación de reserva de puesto de trabajo.
En referencia a la contratación temporal, considera que se debería limitar su uso “a sus justas proporciones” y evitar las actuaciones “abusivas” en este tipo de contratación.
Las fuentes consultadas por Servimedia destacaron la “gran labor” del coordinador del grupo y experto propuesto por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Alfredo Montoya Melgar, por lograr un consenso “desde posiciones muy distanciadas”, así como la de otro experto, José María Miranda Boto, a propuesta de los sindicatos, por defender la posición de los trabajadores.

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