En un auto, la juez María del Carmen Aznar ha hecho dicho requerimiento para que el Juzgado y los técnicos que deben intervenir estén convenientemente prevenidos y preparados para la recepción de las piezas. Asimismo, ha quedado desestimado el recurso de revisión de la Generalitat y el Museo de Arte de Cataluña (MNAC) que pedía la nulidad de la sentencia que ordena la ejecución del traslado de dichos bienes al monasterio, sito en el término municipal de Villanueva de Sijena (Huesca).
"Deberá la Generalidad de Cataluña comunicar al Gobierno de Aragón con antelación suficiente, al menos como muy tarde el día 20 de julio de 2016, el modo en que han pensado
proceder al traslado de los bienes, hora de llegada al lugar
designado, para poder adoptar las medidas necesarias y para
que pueda ser controlado por la técnico designada por el
Gobierno de Aragón", indica el auto.
La juez considera que "no procede en este momento procesal la adopción de medida coercitiva alguna , en la confianza de que la Generalidad de Cataluña proceda conforme derecho". Este auto no puede ser recurrido.
Por su parte, el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena ha apuntado, a través de su abogado, Jorge Español, que si el 20 de julio, la Generalitat no hubiese presentado dicho plan, se reserva el derecho de pedir la inmediata ejecución de la sentencia con el auxilio de la Brigada de Patrimonio Histórico de la Policía Judicial.
En el Monasterio de Sijena se habilitado una sala especial con las correspondientes medidas de seguridad y conservación.
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