JPD RECUERDA A LA FISCALÍA GENERAL SU OBLIGACIÓN DE AYUDAR AL ESCLARECIMIENTO DE DESAPARICIONES FORZADAS EN LA GUERRA CIVIL Y POSTGUERRA

Jueces para la Democracia (JpD) advirtió este miércoles a la Fiscalía General del Estado de que tiene obligación de colaborar con la justicia argentina en el esclarecimiento de desapariciones forzadas durante la Guerra Civil española y la postguerra.
Asimismo, denuncia su “insensibilidad” y la “dejación” de las instituciones que “permiten que sigan existiendo decenas de miles de personas enterradas en fosas comunes”.
“Resulta inadmisible que un Estado democrático siga negando a toda la sociedad el derecho a conocer el pasado y que se dé cumplido homenaje y protección a todas aquellas personas que fueron asesinadas con ocasión del golpe militar de 1936 y la posterior represión franquista”, asegura.
La asociación difundió hoy un comunicado al hilo de la carta enviada por la fiscal general del Estado a los fiscales jefes de las audiencias provinciales sobre las comisiones rogatorias remitidas por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal número 1 de la República Argentina en la causa en que se investigan delitos cometidos durante la Guerra Civil española y la postguerra.
JpD muestra su “sorpresa” por este envío y lo considera “difícil de encuadrar” en la legislación vigente. Insiste en que la fiscal general puede impartir a sus subordinados órdenes o instrucciones, pero en su carta no invoca ningún precepto. Sin embargo, “impone un criterio específico de informe a los fiscales involucrados en el despacho de estos asuntos, contra el principio de independencia, mucho más allá del contenido de cualquier orden o instrucción, sólo referido a asuntos de servicio o al ejercicio de las funciones, no a su contenido”.
Más allá del marco jurídico, JpD recuerda a la Fiscalía que “está obligada constitucionalmente por el Derecho Internacional, en concreto por el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en materia penal entre el Reino de España y la República Argentina, firmado en Buenos Aires el 3 de marzo de 1987, cuyo artículo 28 exige prestar asistencia mutua en materia penal incluso cuando por cualquier razón los hechos no sean punibles, o, como dice la Fiscalía General del Estado, los responsables estén muertos, haya prescrito el delito o esté amnistiado”.
El único límite para denegar la asistencia es que no haya un “interés de la Justicia”, condición que no se ajusta a este caso, agrega JpD.
De hecho, agrega que el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU viene instando al Estado Español a adoptar las medidas legales y judiciales necesarias para asegurar que “las desapariciones forzadas no sean crímenes sujetos a amnistía y a los responsables directos de la administración de justicia, jueces y fiscales, a que se personen en las exhumaciones y luego analicen y actúen sobre los resultados que las mismas arrojen”.
En este sentido, dice la asociación de jueces, “seguimos siendo el segundo país del mundo, tras Camboya, con mayor número de personas víctimas de desapariciones forzadas cuyos restos no han sido recuperados ni identificados”.
Jueces para la Democracia denuncia nuevamente “los incumplimientos del actual Gobierno español de las previsiones de la Ley de Memoria Histórica”, que está llevando no sólo a la impunidad por los delitos cometidos durante la dictadura, sino a que “queden materialmente sepultados en el olvido”.

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