Según ha informado el alto tribunal, considera "justificado, por la urgencia de las medidas aprobadas", el uso del Decreto-ley, cuestionado por el Ejecutivo vasco. Por otro lado, declara la "inconstitucionalidad y nulidad" del artículo 1 y de la disposición adicional segunda porque, al centralizar en el Servicio Público de Empleo Estatal la gestión de la ayuda económica a desempleados que han agotado el paro, "contravienen el orden constitucional de distribución de competencias en materia de empleo".
La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Cándido Conde-Pumpido, cuenta con el voto particular del Magistrado Alfredo Montoya, al que se ha adherido el presidente del Tribunal, Juan José González Rivas.
((HABRÁ AMPLIACIÓN))
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