El TSJC libra a Forcadell de la cárcel pero mantiene la amenaza sobre Puigdemont

El TSJC rechaza investigar a Forcadell y cuatro miembros de la Mesa también por malversación
El TSJC rechaza investigar a Forcadell y cuatro miembros de la Mesa también por malversación
EUROPA PRESS
L.I.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ve indicios de que los miembros del Govern "habrían utilizado arbitrariamente" sus "potestades" al convocar un referéndum de independencia que, además, "va a incidir en el ámbito del gasto público". Por otro lado, aprecia indicios de los delitos de desobediencia y prevaricación en la actuación de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros cuatro miembros de la Mesa, aunque por el momento no entra a pronunciarse sobre el delito de malversación.

El caso del Govern en un auto, la sala civil y penal del TSJC argumenta los motivos por los que el pasado viernes acordó admitir a trámite la querella que la Fiscalía presentó contra el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y el resto de miembros del ejecutivo por los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación, al aprobar dos decretos para organizar un referéndum independentista.

La sala que admitió la querella, compuesta por tres magistrados, sostiene que existen indicios de que los miembros del Govern pudieron incurrir en un delito de malversación, que lleva aparejado penas de cárcel, dado que los decretos por los que se convocó el referéndum "suponen a la vez el inicio de un procedimiento que va incidir en el ámbito del gasto público", con varias partidas presupuestarias para gastos de procesos electorales y consultas.

El auto, que establece tres días no suspensivos para presentar recurso, sostiene que los dos decretos que acordaron la convocatoria del referéndum y las normas para organizarlo "responderían indiciariamente a la voluntad de llevar adelante" la declaración de ruptura que el Parlament aprobó el 9 de noviembre de 2015.

En opinión de la sala de admisión, los decretos que firmaron todos los miembros del gobierno catalán "presentan toda la apariencia de desarrollar las resoluciones parlamentarias" que fueron suspendidas por el Constitucional "y de contradecir mandatos y requerimientos expresos (...)".

El TSJC recuerda que todos los querellados firmaron "de puño y letra" los decretos suspendidos, en un acto que tuvo lugar en el Parlament el pasado 6 de septiembre, pese a ser "conocedores, presuntamente, de la injusticia" de los mismos, por lo que "habrían utilizado arbitrariamente las potestades que tienen como miembros del Govern de Catalunya".

Tras insistir en que los decretos han sido suspendidos por el Constitucional, la sala admite que el Govern puede haber incurrido en un delito de malversación, dado que ambas resoluciones "suponen a su vez el inicio de un procedimiento que va a incidir en el gasto público (...)".

Recuerda también el tribunal que la Ley de presupuestos de la Generalitat, aprobada el pasado 28 de marzo, "establece a lo largo de su articulado varias partidas presupuestarias para gastos de procesos electorales y consultas populares" e incluye una disposición expresa que el Constitucional suspendió en abril del año pasado, en una resolución que fue notificada personalmente a Puigdemont y a los miembros de su gobierno.Forcadell se libra de la cárcel

Por el contrario, aunque la Fiscalía achacaba a Forcadell y a los miembros de la Mesa Lluís Ginó, Anna Simó y Ramona Barrufet, todos ellos de Junts Pel Sí (JxSí), y Joan Josep Nuet, de Catalunya Sí Que Es Pot (CSQP), los delitos de "desobediencia grave cometida por autoridad pública", prevaricación y malversación, este último tipificado con penas de prisión, el TSJC ve fundamentados "al menos, los tipos penales desobediencia y de prevaricación", pero no se pronuncia sobre el de malversación.

"Se impone la admisión a trámite de la querella presentada por el Ministerio Fiscal al valorar inicialmente como posible la comisión de un delito de desobediencia y de un delito continuado de prevaricación (...), sin perjuicio de cualesquiera otras calificaciones jurídicas alternativas o concurrentes, al ser las presentes meramente provisionales", recoge el auto.

Con estos argumentos, la Sala de lo Penal del TSJC se declara competente para juzgar a Forcadell y a estos cuatro miembros de la Mesa y ordena incoar diligencias previas para investigar los hechos descritos en la querella de la Fiscalía por si pudieran ser constitutivos "de uno o más delitos" de desobediencia y de un delito continuado de prevaricación.

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