En su fallo, sobre el que cabe recurso de casación, se especifica que se subsumirán los citados días en el cómputo de la jornada anual, considerándose como días efectivamente trabajados dentro de la jornada anual de 1.650 horas.
CSIT Unión Profesional ha valorado positivamente la sencencia y recalca que los 6.000 trabajadores de la Agencia Madrileña de Atención Social podrán disfrutar de los seis días de asuntos particulares, denegados en 2015.
Expone que se trata del cuarto pronunciamiento judicial para reconocer el derecho de estos seis días de permiso y destaca que el tribunal resuelva a favor de los trabajadores, al igual que sucedió con las demandas por conflicto colectivo interpuso en años anteriores por la misma causa, obteniendo también por entonces sentencias favorables al respecto.
CSIT Unión Profesional continúa reclamando a la Consejería de Familia y Políticas Sociales que "conceda de oficio a sus trabajadores el disfrute de estos días dentro del año correspondiente, a fin de evitar que cada año sea necesario recurrir judicialmente este derecho que corresponde por igual el resto de trabajadores de la Comunidad".
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