A. Nacional ordena a Interior evaluar de nuevo asilo a guardaespaldas kazajo

  • La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha anulado la resolución del Ministerio del Interior que denegaba el asilo a Alexander Pavlov, guardaespaldas del líder opositor kazajo Mukhtar Ablyazov, y le ha ordenado que justifique las razones por las que lo rechazó para pronunciarse otra vez sobre él.

Madrid, 17 jul.- La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha anulado la resolución del Ministerio del Interior que denegaba el asilo a Alexander Pavlov, guardaespaldas del líder opositor kazajo Mukhtar Ablyazov, y le ha ordenado que justifique las razones por las que lo rechazó para pronunciarse otra vez sobre él.

La sección segunda estima así parcialmente en una sentencia el recurso que presentó Pavlov alegando que en la resolución de Interior no se justificó debidamente que el kazajo constituya efectivamente un peligro para la seguridad de España.

Los magistrados consideran que la causa de denegación del asilo, es decir, que Pavlov es un peligro para el país, "carece de razones fundadas" y solo se argumentó con un informe del CNI basado en información dada por "las autoridades de Kazajistán y los medios controlados por el Estado", sin "analizar los hechos y circunstancias expuestas por el solicitante de asilo"

De este modo, los jueces ordenan que se devuelva el expediente a la Administración para que justifique este peligro y también analice si, tal y como sostiene Pavlov, está siendo perseguido por las autoridades de su país o puede sufrir algún tipo de persecución en el caso de que se le extraditara.

El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia aprobó el pasado noviembre la extradición del guardaespaldas del disidente kazajo, que luego acordó el Consejo de Ministros en febrero, pero la Sala de lo Contencioso Administrativo paralizó ese mismo mes la entrega hasta que se revisara el asilo político.

Ahora, los jueces posponen su decisión sobre el asilo, pero advierten que el hecho de no concurrir la causa de denegación (ser un peligro para España) no significa que automáticamente se le deba reconocer el "estatus" de refugiado, sino que primero la Administración tiene que evaluar si realmente existe el "temor" alegado por Pavlov de que va a ser perseguido si vuelve a su país.

La sentencia cuenta con el voto discrepante de dos magistrados, que coinciden con sus compañeros en que no se ha motivado suficientemente que Pavlov sea un peligro para España, pero entienden además que la Sala se tendría que haber pronunciado sobre el fondo y tendría que haberle dado el asilo.

Creen estos dos jueces que hay numerosas pruebas que avalan que "el relato de persecución es perfectamente congruente y detallado y en cualquier otro proceso de denegación de derecho de asilo no admitiría dudas".

Consideran además que el procedimiento se ha resuelto a espaldas del interesado, infringiendo la Ley de Asilo, y no entienden esta "segunda oportunidad" a la Administración cuando "estaba en condiciones de valorar en su integridad la petición formulada por el interesado".

La Sala ya paralizó su entrega el pasado febrero y afirmó que la posible persecución política alegada por Pavlov sí "guarda una apariencia de credibilidad" y se aprecia un "riesgo real de que el solicitante de asilo sea sometido a tortura y malos tratos".

De hecho, la ONU pidió a España que detuviera, por riesgo de torturas, su entrega a Kazajistán, que le acusa de fraude bancario y de participar en 2012 en un atentado terrorista con explosivos en la ciudad de Almaty, que fue frustrado por la Policía.

Durante la vista de extradición, Pavlov atribuyó los cargos que se le imputan a una persecución política del Gobierno de Nursultan Nazarbayev, en el poder desde hace tres décadas, y afirmó que buscan sacarle información sobre el disidente Ablyazov, del que fue guardaespaldas tanto en Kazajistán como en Londres, adonde se trasladó luego el principal líder de la oposición, ahora en paradero desconocido.

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