Archivan las diligencias contra Mintegi por la inviolabilidad parlamentaria

  • La fiscalía ha archivado las diligencias abiertas a la portavoz de EH Bildu en el Parlamento Vasco, Laura Mintegi, al considerar que actuó bajo la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria al decir que el asesinato de Fernando Buesa por parte de ETA fue una tragedia con "un origen político".

Bilbao, 29 abr.- La fiscalía ha archivado las diligencias abiertas a la portavoz de EH Bildu en el Parlamento Vasco, Laura Mintegi, al considerar que actuó bajo la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria al decir que el asesinato de Fernando Buesa por parte de ETA fue una tragedia con "un origen político".

El Fiscal Superior del País Vasco, Juan Calparsoro, quien ya anunció la semana pasada el cierre de esta investigación, explica su decisión en el decreto de archivo difundido hoy.

Dichas actuaciones se abrieron para investigar si hubo un delito de enaltecimiento de terrorismo o menosprecio a las víctimas en una intervención de Mintegi en la Cámara vasca, en la que calificó el asesinato de Buesa de "tragedia evitable" por tener "un origen político".

En el decreto de la fiscalía vasca se afirma que la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria está reconocida en la Constitución y el Estatuto de Autonomía, y "garantiza la libertad en la crítica durante el ejercicio de las funciones parlamentarias".

Se precisa, no obstante, que esta garantía solo alcanza a las actuaciones de los parlamentarios "en sus declaraciones de juicio y voluntad (opiniones)"; que únicamente cubre la conducta del titular, y que cesa cuando el parlamentario ejerce la libertad de expresión al margen de sus funciones parlamentarias.

Todas estas condiciones se dan en el caso de Mintegi, según Calparsoro, quien añade que, además, las "correcciones" o los "límites" a los excesos que se puedan cometer en el ejercicio de esas funciones parlamentarias corresponden a la propia Cámara.

"De no ser así, el parlamentario se sentiría limitado o coaccionado ante una posible intervención jurisdiccional que fijara, desde fuera, el límite de las posibilidades de expresión que, aunque merecieran el calificativo de delictivas, poseen una protección absoluta que, a su vez, es garantía de la división de poderes o no interferencia entre los mismos", según la argumentación del fiscal.

Las intervenciones de los parlamentarios, por tanto, "deben quedar sujetas exclusivamente a la disciplina de los reglamentos de las cámaras".

El fiscal superior vasco también considera que las palabras de Mintegi no constituyen un delito de enaltecimiento del terrorismo y argumenta que ese tipo penal requiere "un plus cualitativamente distinto del derecho a expresar opiniones arriesgadas, que inquieten o choquen a sectores de una población".

Dicho plus es lo que se califica como "el discurso del odio" que, según consta en el decreto, consiste en alabar o justificar acciones terroristas y se basa "en el exterminio del distinto, en la intolerancia más absoluta, en la pérdida del pluralismo político y en el aterrorizamiento colectivo como medio de conseguir esas finalidades".

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