Audiencia condena a 9 años de cárcel a un médico que abusó de dos pacientes

  • La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman nueve años y dos días de prisión a un médico que abusó de dos pacientes que acudieron a su consulta, a las que deberá indemnizar con nueve mil euros, además de quedar inhabilitado para el ejercicio de la profesión durante ese tiempo.

Murcia, 21 jul.- La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman nueve años y dos días de prisión a un médico que abusó de dos pacientes que acudieron a su consulta, a las que deberá indemnizar con nueve mil euros, además de quedar inhabilitado para el ejercicio de la profesión durante ese tiempo.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el primero de los hechos por los que fue juzgado este doctor, Alfonso T.S., ocurrió el 28 de marzo de 2006, cuando una de las dos mujeres acudió a su consulta en Murcia para que le fuera practicada una endoscopia gástrica.

Durante la endoscopia, este médico, según la Sala, la hizo objeto de diversos tocamientos, "sin que durante esas manipulaciones se hallare presente la enfermera auxiliar".

La otra paciente que igualmente denunció a este médico fue víctima de los abusos durante dos visitas efectuadas en febrero de 2007, con motivo de la realización de una ecografía transrectal.

La Sala señala que "hay que descartar cualquier justificación clínica a una praxis abiertamente procaz, privada de cualquier recomendación técnica o de fundamento terapéutico, ya que la conducta del procesado estuvo guiada por impulsos meramente libidinosos y un manifiesto ánimo de lascivia".

A la hora de analizar las pruebas aportadas a la causa, el tribunal comenta que sólo se dispone de los testimonios de las dos mujeres, que considera creíbles porque ambas no tienen ninguna relación entre sí ni tampoco ningún motivo espurio para denunciar a este médico.

"Por el contrario, añade el tribunal, el relato alternativo del procesado carece de verosimilitud".

La Audiencia condena al acusado, por los primeros abusos sexuales, a la pena de dos años y un día y al pago de una indemnización de tres mil euros a la perjudicada, y por el segundo delito, a siete años y un día y una indemnización de 6.000 euros, frente a los trece años de cárcel y treinta mil que reclamó el letrado de la segunda víctima, Evaristo Llanos.

La Sala no ha atendido la petición de este abogado, que solicitó que se impusiera una orden de alejamiento durante un tiempo superior en cinco años al de prisión.

"Ninguna necesidad hay de imponer medida alguna de alejamiento cuando falta una relación de vecindad o cercanía o un ámbito de conexión espacial que lo justifique", afirma la Audiencia.

La sentencia cuenta con un voto particular del magistrado Andrés Montalbán, que considera que Alfonso T.S. debió ser condenado a penas que suman cinco años de prisión al considerar que no se debió tener en cuenta en su conducta la situación de prevalimiento para agravar la pena.

"Las víctimas -dice este magistrado- son mujeres mayores de edad a las que se les apreciaba formación; así, ambas acudieron al Colegio de Médicos en busca de información sobre la corrección de la praxis médica llevada a cabo por el acusado".

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