Madrid, 3 jun.- La Audiencia Nacional ha anulado por ilegal la redacción del convenio colectivo sectorial estatal de Industrias Cárnicas, que posibilitaba que los empresarios utilizaran 120 horas de distribución irregular de la jornada fuera del año natural.
Según ha comunicado hoy el sindicato CCOO, el auto de la Audiencia Nacional da la razón a la postura defendida por Feagra-CCOO, en contra de la que apoyaban las patronales cárnicas y el sindicato UGT.
CCOO asegura que, según la sentencia, "si los trabajadores no pudieran realizar las 120 horas de distribución irregular durante el año natural, por razones no imputables a ellos, la empresa podría exigirles que las realizaran el año siguiente, con lo que su jornada se prolongaría desproporcionalmente ese año, como consecuencia de las deficiencias organizativas de la empresa.
De esta forma, añade, "se les obligaría a recuperarlas en período distinto al que se debieron haber realizado, lo cual vulnera frontalmente lo dispuesto en el art. 30 ET. Del mismo modo si superara el límite de horas de distribución irregular, equivaldría a la realización de horas extraordinarias, cuya realización ha de ser siempre voluntaria".
Según ha indicado CCOO, aunque cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, si se presentara estudiarían la petición provisional de ejecución firme de la sentencia, "la cual es contundente y determinante".
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