Bildu. Los discrepantes del tc acusan a sus compañeros de pervertir la función del tribunal


Los cinco magistrados del Tribunal Constitucional que el pasado jueves votaron en contra de permitir que Bildu participe en las elecciones del 22 de mayo han acusado a sus compañeros de pervertir la labor de la institución y de haberse extralimitado en sus funciones al revisar el veto impuesto por el Supremo a la coalición.
Manuel Aragón, Ramón Rodríguez Arribas, Javier Delgado, Francisco Pérez de los Cobos y Francisco José Hernando coinciden en sus votos particulares -notificados hoy- en criticar a los seis magistrados del Constitucional que inclinaron la balanza a favor de permitir que Bildu este presente en los comicios.
Los discrepantes consideran que estos seis magistrados, incluido el presidente del Tribunal, Pascual Sala, rebasaron el limite jurisdiccional que les atribuye la ley al revisar las pruebas en las que el Tribunal Supremo basó su veto a la coalición formada por Eusko Alkartasuna, Alternatiba y miembros de la izquierda abertzale.
El magistrado Ramón Rodríguez Arribas, por ejemplo, critica a sus compañeros por haber realizado “un nuevo examen de la prueba aportada”, cuando el Constitucional se debe limitar a determinar si en el análisis del Tribunal Supremo “se ha incurrido o no en la lesión de un derecho fundamental”. Considera por lo tanto que la mayoría de los magistrados han convertido al Constitucional en un órgano de “apelación de plena jurisdicción” y el recurso de amparo en “una suerte de super-casación”.
Francisco Pérez de los Cobos, por su parte, es contundente a la hora de afirmar que “el Tribunal ha incurrido en un exceso de jurisdicción, rebasando los límites del control de constitucionalidad”. “La vía de amparo no es una nueva instancia en la que pueden revisarse o alterarse los hechos que han sido tenidos por probados por los órganos judiciales”, señala.
Manuel Aragón, el único magistrado elegido a propuesta del PSOE que votó en contra de permitir que Bildu esté en las elecciones, indica en su voto particular que la mayoría de sus compañeros, al realizar una nueva valoración de las pruebas utilizadas por el Supremo, incurrieron en “un claro exceso de jurisdicción constitucional”.
VETO A LA COALICIÓN
Estos cinco magistrados llegan a la conclusión de que la sentencia dictada por el Tribunal Supremo no fue “ni arbitraria ni irrazonable”, por lo que creen que se debería haber confirmado el veto a Bildu y haber impedido que la coalición participe en las elecciones.
El magistrado Javier Delgado afirma en su voto particular que Bildu “opera como continuadora de partidos ilegalizados”. A diferencia de la mayoría de los magistrados, que considera que no se puede demostrar que Bildu sea el fruto de la estrategia de alianzas diseñada por ETA y Batasuna, Delgado entiende que la actuación de la coalición si prueba este extremo.
El magistrado destaca el documento “Herri Akordia” y afirma que demuestra que Batasuna, Eusko Alkartasuna y Alternatiba alcanzaron un acuerdo “con el fin de constituir una coalición y concurrir a las elecciones municipales y forales” e incluso establecieron “las indicaciones y directrices que habrían de seguirse en la elaboración de las candidaturas conjuntas de estas formaciones políticas en las elecciones de 2011”.
Delgado, al igual que el Supremo, también considera que el rechazo a la violencia expresado por los dirigentes de Bildu responde en realidad a la estrategia de ETA. Esta tesis sostiene que la banda terrorista dio instrucciones para que los miembros de la coalición rechazaran la violencia, incluidas sus acciones criminales, para dar “apariencia de distanciamiento”.
Ramón Rodríguez Arribas afirma por su parte que “los indicios acumulados y examinados en su conjunto” llevan a la conclusión de que Bildu ha perpetrado un “engaño, por encima de la apariencia externa buscada de propósito para esconderlo”.
Entiende en este sentido que el Supremo hizo “un pormenorizado y razonado análisis del conjunto de las pruebas aportadas”. Destaca que las conversaciones intervenidas a dirigentes de Batasuna, entre ellos Arnaldo Otegi, demuestran “las gestiones” realizadas por la formación ilegalizada para “rellenar las listas de independientes en la coalición electoral Bildu con caniditos limpios”.
ESTRATEGIA DE ETA
Rodríguez Arribas asegura además que Batasuna ha utilizado “dos partidos políticos ya existentes, pero de presencia institucional y afiliación decrecientes, para constituir una coalición electoral con “independientes” que, curiosamente, han resultado ser los más numerosos en la listas confeccionadas”
Este magistrado afirma que este procedimiento, a pesar de ser “tan sencillo como inteligente”, no por ello es “indetectable, como parece sostenerse en la Sentencia de la mayoría de este Tribunal”, gracias a “la constancia de hechos y datos que por ser de público conocimiento y razonable interpretación conforme al común sentido, ni siquiera necesitarían prueba por constituir evidencias”.
Francisco Jose Hernando asegura en su voto particular que se ha demostrado “la materialización” en Bildu de “la voluntad del complejo ETA-Batasuna de participar en los comicios electorales” y destaca “la insuficiencia de las manifestaciones de rechazo a la violencia terrorista”.
El antiguo presidente del Tribunal Supremo afirma además que la recusación presentada en su contra por Bildu es una prueba más de su “conexión” con Batasuna. Si Bildu “fuera ajena a toda vinculación con ETA-Batasuna no hubiera pensado en tal recusación personal”.
Varios de los magistrados, como Hernando o Aragón, critican por último el escaso tiempo que la ley atribuye a Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo para resolver un asunto tan importante como la impugnación de unas candidaturas electorales. “Resulta verdaderamente perturbador que, cada vez que acontece un proceso electoral de estas características, en el lapso de escasos días hayan de pronunciarse tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional”, indica Hernando en su voto.

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