De hasta dos metros 

Castilla y León prohíbe fumar en la calle y las terrazas si no hay distancia social

. Esas limitaciones se extienden a cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, cigarrillos electrónicos, vapeadores o asimilados. 

terraza vacía
Castilla y León prohíbe fumar en la calle y las terrazas si no hay distancia social. 
EFE

Más restricciones para luchar contra la segunda ola de coronavirus. Castilla y León prohibirá desde sábado el consumo en las barras de los bares y fumar en las terrazas, así como hacerlo en la vía pública o al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia de dos metros, y las reuniones sociales o familiares serán como máximo de seis personas. Estas son algunas de las medidas acordadas este jueves en el Consejo de Gobierno que publica este viernes el boletín oficial de la Comunidad, que modifica el plan autonómico de medidas de prevención y control del coronavirus regional del pasado 20 de agosto.

Las medidas también incluyen reducir los encuentros a seis personas, las reuniones sociales y familiares tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas deberá contar con el aval de la justicia y se evaluará cada catorce días.

Respecto al consumo de tabaco, no se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros y en ningún caso se podrá fumar en terrazas, veladores o similares. Esas limitaciones se extienden a cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, cigarrillos electrónicos, vapeadores o asimilados, según el acuerdo del Consejo de Gobierno.

También se ajustan los aforos en la hostelería, de forma que en las salas con hasta 40 comensales el aforo no podrá superar el 75 por ciento y un 50 por ciento en las de más de 40. El consumo no se podrá hacer en barra o de pie, y deberá ser en mesa o agrupaciones de mesa.

Y "en todo caso, tanto en el interior de los locales como en las terrazas al aire libre deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de seis personas por mesa o agrupación de ellas". Además, la mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.

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