Condenada a más de 7 años de cárcel por apuñalar a su pareja por celos

  • La Audiencia de Alicante ha condenado a siete años y seis meses de prisión a una mujer por un delito de homicidio en grado de tentativa al asestar dos puñaladas a su pareja en una discusión motivada por celos y a quien denunció por malos tratos por haber recibido una supuesta paliza en la riña.

Alicante, 9 abr.- La Audiencia de Alicante ha condenado a siete años y seis meses de prisión a una mujer por un delito de homicidio en grado de tentativa al asestar dos puñaladas a su pareja en una discusión motivada por celos y a quien denunció por malos tratos por haber recibido una supuesta paliza en la riña.

El agredido estaba también procesado en esta causa por el citado supuesto delito de malos tratos en el ámbito familiar que le imputaba la mujer, del que ha sido absuelto por el tribunal, según la sentencia, hecha pública hoy.

Los magistrados consideran probado que la pareja mantuvo una relación sentimental de convivencia durante aproximadamente dos meses y que los hechos ocurrieron la noche del 17 de diciembre de 2011 en la vivienda donde residía, en Elche.

Ese día, según la resolución, ambos iniciaron una discusión motivada por la llamada telefónica que el compañero sentimental de la acusada recibió de la madre de su hijo, a quien, al aparecer, iba a ver en fechas próximas, y por la relación que la procesada seguía manteniendo con una anterior pareja.

En el transcurso de la riña, la mujer cogió un cuchillo y, "con ánimo de acabar con la vida" de su compañero sentimental, se lo clavó primero en el pecho, a la altura del esternón, tratando el hombre de apartarla de sí sin conseguirlo, relata el fallo.

A continuación, continúa la sentencia, la acusada le asestó otra cuchillada en el hemitórax izquierdo.

La acusada aparece en la causa como denunciante y víctima de malos tratos e, incluso, intento de agresión sexual.

En ese punto, el tribunal desestima esos extremos al considerar que ofreció distintas versiones de los hechos ante la Policía, el juez instructor y en el juicio.

Además, expone que su declaración no resultó convincente al entrar en "franca contradicción" con las versiones aportadas por el agredido y los testigos, las cuales, especifica, "son coincidentes".

Sobre el parte facultativo de la mujer y la ampliación contenida en el informe médico forense, señala que "objetivan lesiones que no concuerdan con la paliza" que ella "sostiene" que recibió de su compañero sentimental.

En este sentido, detalla que "sí pueden haberse producido al intentar éste separarse" de la procesada después de que ella le diera la primera puñalada.

Por ello, y en virtud del principio de valoración probatoria "in dubio pro reo" ("ante la duda, a favor del reo"), la Audiencia de Alicante absuelve al compañero sentimental de la mujer del delito de malos tratos en el ámbito familiar que se le atribuía.

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