Consejo de Estado echa para atrás parte del régimen disciplinario de G. Civil

  • El Consejo de Estado ha echado para atrás alguna de las medidas que el Gobierno había incluido en el anteproyecto de Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas que afectaban a la Guardia Civil y, en concreto, a la responsabilidad de sus asociaciones profesionales.

Madrid, 15 may.- El Consejo de Estado ha echado para atrás alguna de las medidas que el Gobierno había incluido en el anteproyecto de Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas que afectaban a la Guardia Civil y, en concreto, a la responsabilidad de sus asociaciones profesionales.

Según el informe de este órgano consultivo, al que ha tenido acceso Efe, "no resulta admisible" la pretensión de los redactores de la futura normativa de que los órganos de gobierno y representación de las asociaciones respondan disciplinariamente por los actos y omisiones que cometan terceros en el ejercicio de actividades asociativas y que puedan constituir una infracción.

Y añade: "Los miembros de los órganos de las asociaciones profesionales de guardias civiles podrán y deberán responder de los acuerdos que tales órganos adopten, pero no de los actos y omisiones que otros cometan, pues en nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal y disciplinaria es siempre personal".

Para el Consejo de Estado, la pretensión de la futura norma no era admisible porque convertiría "a los sujetos activos de la conducta que tipifica en responsables de hechos de terceros".

Otro precepto no del total agrado del Consejo de Estado es el que otorga a la autoridad gubernativa la prohibición de las manifestaciones organizadas por militares o guardias "cuando, atendiendo a su objeto, constituyan una vulneración de las limitaciones que les imponen las leyes reguladoras de sus derechos y deberes en el ejercicio de sus derechos de reunión y manifestación".

Según el Consejo de Estado, si el legislador pretende con este precepto modificar el artículo 5 de la ley de Derecho de Reunión, debe hacerlo "directamente y no estableciendo una nueva norma extramuros de dicho artículo".

Pero además, pide al Gobierno que tenga en cuenta la doctrina del Tribunal Constitucional según la cual la autoridad gubernativa solo puede prohibir la manifestación "cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".

El anteproyecto, que ahora volverá al Consejo de Ministros, incluye otros preceptos que afectan al instituto armado, como el que tipifica como una infracción "muy grave" que los guardias civiles se manifiesten con uniforme o con armas.

Las referencias a la modificación del régimen disciplinario de la Guardia Civil que incluye el anteproyecto se han plasmado en dos disposiciones finales -la quinta y la sexta-, que fueron incorporadas a propuesta del Ministerio del Interior en fecha posterior a la remisión del borrador al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Por ello, el Consejo de Estado estima que el Gobierno debería remitir esas disposiciones al CGPJ para que informe sobre ellas, toda vez que la Guardia Civil hace funciones de Policía Judicial.

De todos modos, el Consejo de Estado va más allá y abre la posibilidad a que ambas disposiciones se tramitaran a través de una iniciativa legislativa distinta del proyecto enviado por el Gobierno.

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