CorteIDH condena a Ecuador por despido de vocales de Tribunal Constitucional

  • La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sede en Costa Rica, condenó al Estado ecuatoriano por el despido arbitrario de ocho vocales del Tribunal Constitucional en el año 2004 durante el gobierno de Lucio Gutiérrez.

San José, 5 nov.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sede en Costa Rica, condenó al Estado ecuatoriano por el despido arbitrario de ocho vocales del Tribunal Constitucional en el año 2004 durante el gobierno de Lucio Gutiérrez.

La CorteIDH informó hoy, tras notificar a las partes, acerca de la sentencia que tiene fecha del 28 de agosto y en la que afirmó que el Congreso no tenía potestad para separar de sus cargos a los vocales.

Los jueces calificaron los hechos como una "cesación arbitraria" y que junto a "los juicios políticos" contra los vocales en el Congreso, provocaron la violación de los derechos a las garantías judiciales, la independencia judicial, la garantía de imparcialidad y de acceder a un recurso judicial efectivo.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó en 2011 el caso ante la CorteIDH, al considerar que el Congreso ecuatoriano hizo en 2004, a través de una resolución, un cese arbitrario de los ocho funcionarios, pues este mecanismo no estaba previsto ni en la Constitución ni en la ley.

Después que los vocales magistrados fueron cesados en sus cargos el 2 de diciembre de 2004, el Congreso ecuatoriano resolvió los pedidos de juicio político formulados contra algunos de ellos, sin que se obtuvieran los votos necesarios para adoptar una moción de censura.

En su fallo, la CorteIDH, que tiene su sede en Costa Rica, ordenó a Ecuador a pagar 60.000 dólares para cada uno de los ocho jueces cesados como indemnización por la imposibilidad de retornar a sus cargos.

Además, un total cercano a los 1,7 millones de dólares por daño material que se repartirá en diferentes montos entre los ocho afectados, así como 7.000 dólares por los costos y gastos del proceso.

El Estado ecuatoriano también deberá publicar los puntos resolutivos en un diario de circulación e íntegramente en la página de internet del Poder Judicial.

Según la demanda de la CIDH, este caso se enmarcó en medio de "un álgido contexto político y de fragilidad institucional del Poder Judicial en Ecuador".

Ese contexto incluyó la remoción del Tribunal Constitucional y asimismo la de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Supremo Electoral dispuestos por el Congreso.

La CorteIDH, que forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), determinó el plazo de un año para que Ecuador le presente un informe sobre los avances en el cumplimiento de la sentencia por este caso.

Las resoluciones de la CorteIDH son de acatamiento obligatorio para los Estados miembros de la OEA.

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