Dos años de cárcel por mandar por Whatsapp fotos de una chica desnuda con la que se acostó

    • Un hombre ha sido condenado a dos años de cárcel por haber difundido a través de whatsapp imágenes de una chica desnuda con la que acababa de acostarse.
    • Las fotos y los vídeos, acompañados de textos obscenos, fueron circulando entre amigos y acabaron siendo conocidos por la pareja sentimental de la mujer.
Experta avisa de que las redes sociales y el WhatsApp están favoreciendo la aparición de casos de dependencia emocional
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Un militar ha sido condenado a dos años de cárcel por haber difundido a través de Whatsapp imágenes de una chica desnuda con la que acababa de tener relaciones sexuales. Se trata de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, que también le condena a pagar 500 euros.

Los hechos sucedieron en octubre de 2012 y han sido conocidos a través del bufete de abogados eprivacidad, especializado en temas de intimidad y protección a la imagen. Después de tener relaciones, que fueron consentidas libremente por ambos, el condenado fotografió a la mujer y le grabó un vídeo sin que ella se diera cuenta.

Acto seguido compartió las imágenes con sus amigos a través de Whatsapp, algo que finalmente llegó al conocimiento del novio de la víctima.

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En el juicio quedó claro que tanto la víctima como el acusado había decidido "libremente mantener relaciones sexuales", para lo cual contrataron una habitación en un hotel de Zaragoza. Tras dicho encuentro, mientras la mujer estaba "tumbada desnuda, dormida o afectada por el consumo de alguna sustancia tóxica, sin autorización alguna, le realizó diversas fotografías que muestran los órganos genitales de la denunciante".Daño moral

Esa misma mañana, el militar, natural de argentina pero nacionalizado español, envió por Whatsapp a un amigo las fotos y vídeos que había tomado de la chica, acompañado de textos obscenos. Este amigo reenvió al menos una de las imágenes al segundo amigo, y este último se las mostró al que en ese momento era pareja de la mujer.

En el juicio el acusado intentó demostrar que la mujer había dado permiso para tomar y guardar en el móvil las polémicas fotografías, pero el juez no le creyó, dado que la mujer negaba esta versión y los amigos que recibieron las fotografías también le daban la razón a ella.

El juez justificó la sanción de 500 euros esgrimiendo que es proporcional al daño moral causado, pues "resulta evidente el perjuicio causado a la víctima, toda vez que aparece desnuda en las fotografías que se reenviaron a varias personas, que pudieron verlas,Cada vez más frecuentes

Verónica Alarcón, abogada especialista en derecho al honor y privacidad, explica que ha habido un auge de sentencias relacionadas con estos temas a partir de 2009, relacionados con Facebook, y desde 2011 con whatsapp. Y en los últimos meses sigue siendo una tendencia creciente, especialmente por el quebrantamiento de órdenes de alejamiento".

Según explica Alarcón, son cada vez más los jueces que prohíben la comunicación con la expareja por todos los medios electrónicos, pero es a través de Whatsapp como más se incumple esta orden judicial.

Por otro lado, la generalización de los teléfonos móviles capaces de realizar fotografías de alta calidad aumenta los conflictos entre el derecho a la propiedad intelectual de quien hace la foto y el derecho a la intimidad de quien es fotografiado. Cuando una pareja sentimental rompe su relación, este conflicto se agrava; especialmente cuando uno de los miembros de la pareja conserva material íntimo o sexualmente explícito de la otra personas.

"Si ha habido consentimiento libre en el momento en que se realizó la fotografía, ésta pasa a ser propiedad de la persona que lo ha realizado. Lo que no puede hacer es publicarla en internet o compartirla por cualquier red social sin que haya consentimiento previo de la persona afectada", aclara Alarcón.

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