El consejo asesor para la transición nacional en cataluña ve legítima la declaración unilateral de independencia si españa niega una consulta


El presidente del Consejo Asesor para la Transición Nacional en Cataluña (CATN), Carles Viver y Pi-Sunyer, consideró este jueves que si el Estado español rechazara todas las vías legales para celebrar un referéndum sobre el futuro político de la comunidad, el Govern estaría “legitimado” para emprender vías alternativas, como por ejemplo elecciones plebiscitarias o la declaración unilateral de independencia.
El CATN concluye que la consulta sobre el futuro político de Cataluña “es posible dentro de la legalidad actual” y constata la importancia de que el Gobierno catalán agote todas las “vías del diálogo” para conseguir la celebración del referéndum. El organismo también recomienda hacer una pregunta “directa”, “clara” y “neutra” que no induzca a confusión y que no decante el voto hacia una opción u otra.
Así lo recoge el informe ‘La consulta sobre el futuro político de Cataluña’, que el presidente de la Generalitat, Artur Mas, recibió la tarde de este jueves de manos del presidente del CATN, en una reunión en el Palau de la Generalitat a la cual han asistido todos los miembros del Consejo, así como la vicepresidenta del Gobierno, Joana Ortega; el consejero de la Presidencia y portavoz del Gobierno catalán, Francesc Homs, y el consejero de Justicia, Germà Gordó.
A la espera que el Govern haga un análisis más profundo, el consejero Homs destacó en rueda de prensa que, según el informe del CATN, la consulta “es jurídicamente posible” puesto que hay “vías y escenarios diversos para convocarla legalmente”.
“Persistiremos como Gobierno en el diálogo con el Estado español y con las formaciones políticas para conseguir este objetivo”, reiteró el consejero, quien también ha querido agradecer “enfáticamente” la tarea “no remunerada” de los miembros del citado organismo.
El documento, el primero de los diecinueve informes que elaborará el organismo, analiza en más de doscientas páginas los elementos jurídicos, políticos y procedimentales que inciden en la organización de un referéndum o consulta a través de la cual los ciudadanos de Cataluña puedan decidir su futuro político.
A partir del análisis de las encuestes de opinión y de los resultados de las últimas elecciones en el Parlamento de Cataluña, el estudio constata el “amplio apoyo ciudadano” a la celebración de la consulta (cerca de un 75% se muestra a favor) y además considera que hay argumentos tanto “históricos” cómo “democráticos” que la legitiman.
En su estudio, el Consejo Asesor para la Transición Nacional constata que la consulta es viable dentro de la legalidad actual y muestra las estrategias jurídicas que el Gobierno habría de emplear para convocar de manera legal la consulta de acuerdo con el ordenamiento jurídico interno, así como en el marco del derecho de la Unión Europea y del derecho internacional.
En este sentido, recomienda que quede patente, ante los ciudadanos de Cataluña y de la comunidad internacional, “la voluntad de la Generalitat de llegar a un acuerdo con el Estado”, proponiendo tantas vías legales como sea necesario pero evitando que el número de propuestas haga que el proceso se eternice.
Así, en cuanto al derecho interno, el CATN hace suyo el informe del Instituto de Estudios Autonómicos (IEA), que identificaba hasta cinco procedimientos para celebrar una consulta dentro de la legalidad: los referéndums regulados y convocados por el Estado según el artículo 92 de la Constitución española; la delegación de competencias, también recogida en la Carta Magna; los referéndums previstos en la ley catalana; las consultas de la proposición de ley catalana de consultas populares que actualmente se está tramitando en el Parlamento de Cataluña, y la reforma de la Constitución.
El texto prioriza la “convocatoria legal” de la consulta y, en caso de que el Estado se oponga, que “quede claro que el rechazo no responde a motivos jurídicos sino políticos”, dijo el presidente del CATN.
De acuerdo con esto, de las vías previstas en el derecho interno, el Consejo muestra preferencia por la ley de consultas catalana actualmente vigente, o bien alternativamente la que está en trámite parlamentario, puesto que esto “garantizaría la celeridad del proceso y el protagonismo tanto de la Generalitat como de los ciudadanos”.
Si esta opción no funciona, el CATN propone acogerse a lo que la Constitución dispone sobre referéndums y sobre delegación de competencias. Si ninguna de estas vías prosperara, como última opción el Consejo propone pedir la reforma del artículo 92 de la Constitución para incorporar los referéndums de alcance territorial autonómico.
En cuanto al derecho internacional o de la UE, el Consejo constata que en estos dos ordenamientos jurídicos existen derechos y principios que pueden reforzar la legalidad y la legitimidad de convocar una consulta legal o de proponer vías alternativas, como por ejemplo el principio de autodeterminación de los pueblos.
El Consejo Asesor por la Transición Nacional también tiene en cuenta en su informe las vías alternativas en caso de no poderse hacer una consulta legal: consultas mediante votación por vías alternativas (organizadas por ayuntamientos o por organizaciones privadas con el apoyo indirecto de los ayuntamientos o de la Generalitat); unas elecciones plebiscitarias; la declaración unilateral de independencia por parte del Parlament o por la vía de un proyecto de ley, o bien recurrir a la mediación internacional o de la UE.

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