El Constitucional paraliza por segunda vez los derribos en el barrio valenciano del Cabanyal

  • En el pleno celebrado hoy en el Alto Tribunal se ha admitido el recurso del Ejecutivo centra con la ley de la Generalitat al entender que esta normativa "menoscaba las competencias sobre protección contra el expolio del patrimonio histórico", que corresponden al Estado.
El Constitucional paraliza los derribos en El Cabanyal
El Constitucional paraliza los derribos en El Cabanyal
EFE

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido hoy a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno contra la ley de la Generalitat valenciana que autoriza todas las actuaciones del Plan del Barrio del Cabanyal de Valencia, por lo que se paralizan, por segunda vez, los derribos de las viviendasde este barrio histórico que se iniciaron de nuevo la semana pasada con enfrentamientos entre vecinos y Policía.

El Alto Tribunal, cuyo pleno se reúne hoy y mañana, ha admitido el recurso interpuesto por el Ejecutivo contra la ley del Cabanyal por entender que ésta "menoscaba las competencias sobre protección contra el expolio del patrimonio histórico que corresponden al Estado".

El recurso, promovido por el presidente del Gobierno, se presentó contra los artículos 1, 2 y 3, apartado 2 de la disposición derogatoria y el párrafo segundo de la disposición final segunda de la ley aprobada por el gobierno valenciano de "Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia".

La ley, aprobada el pasado mes de marzo por las Cortes valencianas, sustituyó y derogó un decreto-ley -prácticamente idéntico a la ley, salvo aspectos puntuales- que también fue recurrido por el Gobierno.

El pleno del Constitucional ha decidido dar traslado de la demanda y documentos presentados, al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Generalitat y a las Cortes valencianas, con el fin de que en el plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

Según el Constitucional, la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, se produce desde el pasado 9 de abril -fecha en que se interpuso el recurso- para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para los terceros.

Asimismo, el pleno ha decidido oír a las partes sobre la posible acumulación de este recurso con el también promovido por el Gobierno contra el decreto-ley del pasado 7 de enero, del Ejecutivo valenciano de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia.

Por último, el Constitucional ha decidido publicar la incoación del recurso en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.

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