El Derecho Internacional desbarata la justicia universal que quiere el Gobierno

  • Los convenios de Ginebra o el Estatuto de Roma obligan a los Estados a investigar crímenes contra la Humanidad.
Pedraz rechaza archivar el caso Couso tras la reforma de la justicia universal
Pedraz rechaza archivar el caso Couso tras la reforma de la justicia universal

Imaginen un supuesto. Miles de españoles víctimas de genocidio en otro país, vilmente asesinados. Pero el genocida no es español. Ninguno de nuestros jueces estará habilitado para abrir proceso contra él. Dicho de otro modo, ningún familiar podrá acudir a la justicia española para buscar una reparación.

Eso es, en términos abruptos, lo que en la práctica supone la reforma de la ley de justicia universal aprobada por el Gobierno, publicada el viernes en el Boletín Oficial del Estado, y que hoy ha entrado en vigor. Una reforma que se ha tropezado con un obstáculo, quizás previsto, aunque pretendidamente ignorado: la Convención de Ginebra.

El juez Pedraz ha sido el primero en ponerlo sobre la mesa, en un auto en el que recuerda la obligación de los tribunales españoles de aplicarla, advirtiendo, además, de que no hacerlo supondría "admitir la posibilidad de que una norma interna modifique o derogue una disposición de un tratado o convenio internacional vigente para España, lo cual está proscrito". Dicha Convención es rotunda y establece la obligación de todos los Estados de perseguir delitos contra bienes o personas protegidas en un conflicto bélico. De esta forma, Pedraz estaría autorizado, es más, obligado a continuar con el proceso por el asesinato del cámara español José Couso en la Guerra de Irak, en 2003. Un caso por el que tres militares estadounidenses están procesados.

"Técnicamente, no hay discusión en que la Convención de Ginebra y las obligaciones internacionales no están sometidas al Derecho interno",recuerda Javier Chinchón, profesor de Derecho Internacional de la Universidad Complutense de Madrid y Director de Investigación de Rights International Spain. "Cuando pensamos en el en ello pensamos en algo difuso, pero también es derecho español. A la hora de resolver un caso, nuestros jueces aplican el Derecho que pueden aplicar, que no es sólo de origen interno, sino internacional", afirma este experto.

La decisión del juez de la Audiencia está, por tanto, avalada por todo un aparato legislativo internacional, que supera la competencia de los Estados. La primera reacción llegaba del vicesecretario de Organización del PP, quien ha dicho respetar las decisiones judiciales. A sabiendas de que el margen de maniobra del Ejecutivo está limitado.

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Pedraz ha disparado la resistencia judicial a la reforma del Ejecutivo. Pero las doce causas abiertas en la Audiencia en virtud del principio de justicia universal podrían seguir el mismo camino. Ignacio Jovtis, investigador en Amnistía Internacional, advierte de que nuestro país se está posicionando en contra de todo el escenario configurado por el Derecho Penal. Por un lado, los cuatro convenios de Ginebra, que protegen la persecución de crímenes de guerra. Por otro, la convención sobre desapariciones forzadas y contra la tortura, que obliga también a jueces a abrir procesos o a extraditar. Y finalmente, el Estatuto de Roma, que determina claramente que "la competencia de la Corte Penal Internacional es complementaria a la competencia de los jueces. Esto es, que son los Estados los que deben juzgar". Precisamente, uno de los argumentos esgrimidos por el portavoz del grupo parlamentario popular, Alfonso Alonso, en el momento de defender esta reforma, era que estos delitos ya estaban suficientemente tratados en los tribunales internacionales, y que la norma venía a ser un complemento. La CPI, dicen los expertos, es el último recurso. Antes, están los tribunales nacionales.España, "paraíso de la impunidad"

Desde mediados de la década de los 90, el principio de justicia universal había permitido investigar y juzgar fuera de los países de origen crímenes contra la humanidad o genocidios, como los perpetrados durante la dictadura militar argentina o la chilena de Augusto Pinochet. Pero los intentos de acometer hachazos a la justicia universal no son nuevos. Ya en 2009, Israel hizo saber sus suspicacias al caso que en España se seguía contra siete militares israelíes. Entonces, los dos principales partidos acordaron que únicamente se investigasen aquellos delitos en los que el presunto autor estaba en España o la víctima era española. La decisión sirvió para contentar al gobierno israelí.

"España se va a convertir en el paraíso de la impunidad", advierte Jovtis, que considera que la reforma supondrá, no la limitación, sino la "extinción de la jurisdicción internacional" en nuestro país. "Un país que había sido un referente se está situando en contra de la tendencia mundial, que es la de ampliar las competencias de los jueces para investigar estos delitos", dice este experto.

Basta un dato. En 2012, 163 países, esto es, el 84'5 por ciento de todo el mundo, habilitaban en sus legislaciones la posibilidad de abrir procesos por delitos que la norma española limita. Todos los países europeos permiten a sus jueces hacerse cargo de procesos prohibidos ahora en nuestro país. "Nos coloca en el vagón de la lucha contra la impunidad", afirma Javier Chinchón. Países como Argentina, con crímenes del franquismo, Francia, con el juicio contra el ruandés Pascal Simbikangwa por complicidad en genocidio y crímenes contra la humanida o Suecia, con la investigación a cinco personas por la participación en crímenes contra civiles kurdos en Irak, son un ejemplo.

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La reforma demuestra una vez más, según los expertos, la prevalencia de la agenda económica sobre los derechos humanos, el interés por no torpedear las inversiones extranjeras en España y no levantar recelos en otros países. Dicho de otro modo, en las relaciones internacionales, mejor que prime la diplomacia. Lo dijo el propio Alfonso Alonso, la justicia universal " no consigue más que conflictos diplomáticos"

Pekín siempre se mostró molesta por la investigación a cinco exdirigentes chinos por el delito del genocidio en el Tíbet y a nadie escapa que China posee el 20 por ciento de nuestra deuda y se ha convertido en un país de acogida de empresas españolas. El genocidio del Tíbet quedará archivado.

Pese a ello, los expertos confían en que, tarde o temprano, la ley se revierta. "Pero mientras esto dure, hay víctimas en el medio que sufren", lamenta Jovtis. Confían en que el aparato judicial se ponga en marcha y que comiencen a plantear recursos de inconstitucionalidad por lo que consideran una invasión del legislativo en competencias judiciales. "El legislador le dice al juez que tiene que archivar el caso, se adelanta a la resolución judicial y eso no es tolerable", afirma el portavoz de Amnistía Internacional. "Si damos por hecho que existe separación de poderes, el legislador no puede ordenar a un juez que aplique una ordenanza interna por encima de un tratado internacional", concluye Chinchón.Genocidas, sólo si son españoles o viven en España

La reforma aprobada por el Gobierno establece varios supuestos para habilitar la investigación según el delito que se trate, un esquema complejo en el que cada caso debe ser analizado por separado. En algunas causas, la instrucción estaría justificada porque la víctima es española, pero en otras, se limita a la nacionalidad del presunto autor.

Así, por ejemplo, en casos de genocidio, crímenes de guerra o contra la humanidad únicamente se tiene en cuenta la nacionalidad del presunto o de los presuntos criminales. La norma establece tres supuestos: que sea español, que sea extranjero pero resida en España. O bien que sea extranjero, se encuentre en España y la solicitud de extradicción haya sido denegada. En los casos de los genocidios del Tíbet o Guatelama, causas abiertas en la Audiencia hasta este momento, no se cumplen ninguno de los requisitos y podrán ser archivadas según la ley española.

En el caso de torturas y desapariciones, el autor debe ser español o encontrarse en España, o la víctima ser española en el momento en que se cometió el delito.

En otros supuestos, como el de terrorismo, la nacionalidad de la víctima sí cuenta, y los jueces están habilitados para continuar con la instrucción en cualquier caso.

Además, establece que la extensión de la jurisdicción española más allá de nuestros límites territoriales debe venir justificada, según el Gobierno, por la existencia de un tratado internacional que lo prevea o autorice y al consenso de la comunidad internacional a través de la Corte Penal Internacional (CIP). En la práctica, esto supone que los delitos cometidos por EEUU y China no podrán ser perseguidos por nuestro país, ya que ninguno de ellos ha ratificado estos convenios.

EEUU, receloso siempre de que la CPI tuviese injerencia en sus asuntos internos, apenas se acercó tímidamente cuando el presidente Clinton suscribió, en 2000, el tratado de su creación. Bush retiró la firma, y, a día de hoy, Obama, a pesar de sus declaraciones de intenciones, no la ha restablecido.

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