El ministro de hacienda designará al presidente de la autoridad independiente de responsabilidad fiscal


El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del proyecto de Ley Orgánica de Creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, que contempla que el nombramiento de su presidente sea potestad del Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

Según informó el Ejecutivo, para su nombramiento “se valorará especialmente su independencia y objetividad de criterio”. Tendrá que ser una persona de reconocido prestigio y experiencia mínima de diez años de ejercicio profesional en materias de análisis presupuestario, económico y financiero del sector público.
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal se adscribirá al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Esta adscripción, según el Gobierno, “en ningún caso afectará a su autonomía e independencia funcional”.
Este órgano contará con la asistencia de directores de división que serán nombrados por el Consejo de Ministros, a propuesta del presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, entre quienes cuenten con experiencia de al menos diez años en las materias propias de la división correspondiente.
El Gobierno ha solicitado a las Cortes que la tramitación parlamentaria de esta nueva institución sea mediante el procedimiento de urgencia.
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal tendrá el objetivo de garantizar el cumplimiento efectivo por las administraciones públicas del principio de estabilidad presupuestaria y su supervisión se extenderá a todo el sector público, incluidas la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, corporaciones locales, Seguridad Social y otros órganos.
Como garantía de su independencia se le dotará de personalidad jurídica propia, y plena capacidad pública y privada, asegurando su existencia de forma separada respecto de las administraciones sujetas a evaluación.
Esencialmente, tendrá las tres funciones incluidas en las Recomendaciones Europeas Específicas a España: análisis, asesoramiento y control en relación con la política presupuestaria.
En el desarrollo de sus funciones la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal elaborará informes que serán preceptivos y no vinculantes, pero si la administración a la que va dirigida el informe se aparta del criterio dado, deberá motivarlo.
También podrá formular opiniones a iniciativa propia sobre las materias previstas en la ley. Si la Administración se aparta del criterio dado en la opinión, no será exigible la motivación.
Finalmente, a petición del Gobierno, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, de la Comisión Nacional de Administración Local o de la Comisión Financiera de la Seguridad Social, podrá realizar estudios.
Las tasas de supervisión y estudios, que deberán satisfacer las administraciones públicas sobre las que se proyecta la actuación de la Autoridad, serán su principal forma de financiación.

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