El supremo condena a dos mossos d’esquadra a tres años de cárcel por detención ilegal


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a penas de tres años de cárcel a los agentes de los Mossos d’Esquadra Alejandro Castillo y Óscar Gómez por detener de forma ilegal y pegar a un hombre que acababa de salir de una discoteca del centro de Barcelona.
Los magistrados de la Sala de lo Penal, presididos por Andrés Martínez Arrieta, han encontrado a los agentes culpables de un delito de detención ilegal. El Alto Tribunal ha condenado además a Castillo a otros seis meses de cárcel por un delito contra la integridad moral.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 5.00 horas del 25 de febrero de 2006, cuando la víctima, Luis Torner, acababa de salir junto a unos amigos de una discoteca del centro de Barcelona y deambulaba por la calle Nou de la Rambla.
Los dos mossos, que patrullaban la zona, abordaron a Torner y, tras propinarle un empujón, le pidieron la documentación y le dijeron que le iban a denunciar por falta de respeto a la autoridad. Castillo y Gómez acabaron abandonando la zona pero Torner decidió denunciar a los agentes al considerar que su actuación había sido injustificada.
GOLPES Y VEJACIONES
Los agentes volvieron a interceptar a Torner cuando este se dirigía a la comisaría, le “agarraron violentamente” y le introdujeron en el vehículo policial. Una vez en las dependencias de los mossos, mientras la víctima “era sujetada por cada brazo por sendos agentes no identificados”, Castillo “le golpeó con sus manos en la cara y zona abdominal y le propinó un puñetazo en la zona de la nariz”.
Acto seguido, los agentes le cachearon y le ordenaron que se fuera quitando la ropa, hasta que se quedó desnudo. Torner tuvo que ser trasladado sobre las 6.30 horas de la mañana a un centro médico y finalmente fue puesto en libertad a las 14.15 horas sin haber pasado a disposición judicial.
Posteriormente, Castillo y Gómez, “con conciencia de su falta de adecuación a la realidad, elaboraron una minuta policial en la que, entre otras conductas, se atribuía a Torner haberse lanzado sobre la puerta del conductor del vehículo policial golpeando de forma violenta y reiterada el cristal delantero del vehículo, increpando a los agentes e insultándoles en catalán”.
El Alto Tribunal ha confirmado ahora la práctica totalidad de la sentencia condenatoria dictada en enero de 2011 por la Audiencia Provincial de Barcelona. Los magistrados han estimado parcialmente los recursos interpuestos por los dos agentes para realizar una modificación técnica.
El Supremo, en concreto, ha decidido retirar la multa de 120 euros impuesta a los mossos por un falta de lesiones, al entender que debería haber quedado subsumido en los otros delitos.

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