El Supremo considera que Sinde no prevaricó al paralizar el plan del Cabanyal

  • El Tribunal Supremo ha desestimado la querella presentada por la Generalitat y el Ayuntamiento de Valencia contra la ministra de Cultura, Ángeles González Sinde, al entender que cometió prevaricación con la orden que paralizó el plan de reforma del barrio del Cabanyal.

Valencia, 20 oct.- El Tribunal Supremo ha desestimado la querella presentada por la Generalitat y el Ayuntamiento de Valencia contra la ministra de Cultura, Ángeles González Sinde, al entender que cometió prevaricación con la orden que paralizó el plan de reforma del barrio del Cabanyal.

El auto de la Sala de lo Penal de este tribunal, fechado el pasado día 14 y hecho público hoy, inadmite a trámite la querella interpuesta por considerar que los hechos denunciados no constituyen delito alguno, y dicta por ende el archivo de las actuaciones.

El pasado 17 de enero, la Generalitat y el Ayuntamiento valenciano anunciaron su intención de presentar una querella ante el Supremo contra González Sinde que se ampliaría a todos aquellos que resultasen implicados por "haber justificado con arbitrariedad la ruptura de la legalidad" que a su juicio suponía la citada orden.

La denuncia se basaba en el dictamen que ambas Administraciones encargaron al catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid Santiago Muñoz Machado sobre la orden ministerial que suspendió el plan que amplía la avenida de Blasco Ibáñez hasta el mar por expolio.

A juicio de este catedrático, con esta decisión ministerial "irracional y arbitraria" que declara la ilegalidad del plan Especial de Protección y de Reforma Interior (PEPRI) del Cabanyal, el Ministerio sigue "un fin torcido" fruto de "una manifestación de la voluntad particular".

Además, para Muñoz Machado la orden de Cultura está "viciada de nulidad" ya que "no se produjo expolio" y supone una "desviación de poder".

Según señala, existe asimismo un "ejercicio desmedido e imprudente de la competencia estatal" así como una "contradictio in terminis", ya que "no puede haber expolio sobre un bien que queda protegido de acuerdo a la legalidad urbanística y de patrimonio cultural autonómica", y califica la resolución ministerial de "manifiestamente errónea, incoherente o irracional".

El auto del Supremo difundido hoy indica que la querella contra González Sinde, formalizada finalmente el 5 de mayo, se presentaba por la presunta comisión de sendos delitos de prevaricación y usurpación de atribuciones de la ministra.

Apunta, además, que el Ministerio Fiscal interesó en su momento la inadmisión a trámite de la iniciativa y el "inmediato archivo" de ésta.

En sus razonamientos jurídicos, la Sala de lo Penal recuerda que el delito de prevaricación consiste en dictar una resolución arbitraria en un asunto administrativo "sin tener la competencia legalmente exigida, no se hayan respetado las normas esenciales del procedimiento o porque el fondo de la misma contravenga lo dispuesto en la legislación vigente o suponga un desvío de poder".

Aplicando esta doctrina a los hechos denunciados, niega "carácter delictivo" a la conducta de la aforada ante la "inexistencia de arbitrariedad, ilegalidad o invasión de competencias ajenas en torno a la resolución administrativa" que fundamenta la querella.

Recuerda que el Alto Tribunal ratificó los pronunciamientos de la Audiencia Nacional y negó, como en ocasiones anteriores, la medida cautelar solicitada de la suspensión de la orden ministerial que paralizaba el PEPRI.

Destaca que esta decisión judicial se basó en que la conservación del barrio del Cabanyal, considerado Bien de Interés Cultural, "sólo se puede alcanzar mediante la ejecución de la controvertida orden ministerial", de 29 de diciembre de 2009.

Por todo ello, concluye que "no cabe otra postura posible" que la inadmisión y archivo de la querella dado que "no son precisas demasiadas disquisiciones jurídicas para pronunciarse sobre lo infundado de la querella y la falta de cualquier soporte fáctico y jurídico que permita plantearse otra decisión".

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