El supremo rechaza suspender la “ley sinde”


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado suspender de forma cautelar la aplicación del Real Decreto de la Comisión de Propiedad Intelectual, conocida como la “Ley Sinde”, una norma contra las descargas ilegales en Internet y que permite el cierre de las páginas Web infractoras.

La solicitud de suspensión cautelar había sido realizada por la Asociación de Internautas en el marco del recurso que ha interpuesto contra la citada norma legal. La asociación entendía que la disposición que permite el cierre de páginas de Internet supone dejar en manos de un órgano administrativo “una ilimitada capacidad censora proscrita en el propio artículo 20 de la Constitución”.
Los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, presididos por Ricardo Enríquez Sancho, han decidido desestimar la petición de la Asociación de Internautas al entender que la misma es “claramente improcedente”.
El Alto Tribunal critica que los recurrente realicen la petición de suspensión cautelar “sin ofrecer razón alguna que permita realizar una ponderación o valoración circunstanciada de los perjuicios que la entrada en vigor de la norma ocasiona”, según se recoge en el auto hecho público hoy.

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