El tribunal supremo sólo estudiará pleitos económicos de más de 800.000 euros


El Gobierno llevará el viernes al Consejo de Ministros una reforma de las normas procesales que hará que el Tribunal Supremo sólo estudie pleitos económicos de más de 800.000 euros y que no se pueda recurrir en apelación en los juicios verbales en los que se reclaman menos de 6.000 euros.
Según informaron fuentes del Ministerio de Justicia, estos cambios figuran en el proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal, que este viernes será aprobado por el Ejecutivo para su remisión al Congreso de los Diputados.
Las fuentes consultadas explicaron que esta reforma pretende descargar de trabajo al Supremo, a los tribunales superiores y a las audiencias provinciales, órganos que habían pedido expresamente que se limitara la posibilidad de determinados recursos.
Esto ha llevado al departamento de Justicia, que dirige Francisco Caamaño, a abordar una reforma con la que se pretende agilizar el funcionamiento de los tribunales, pero sin merma para la tutela judicial y los derechos de los ciudadanos. Las modificaciones persiguen, también, que determinadas sentencias judiciales sean más rápidas y no pasen años en los juzgados.
El proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal afectará a las jurisdicciones civil y contencioso-administrativa, lo que implica que los cambios tendrán en una parte importante con pleitos económicos.
“FIABILIDAD DEL SISTEMA”
Los dos puntos principales de la reforma que estudiará el viernes el Consejo de Ministros son limitar la posibilidad de los recursos de casación ante el Supremo y restringir los recursos de apelación.
En el primer caso, la modificación consiste en que, para recurrir en casación ante el Supremo, la cuantía del pleito en cuestión pasa de ser de 150.000 a 800.000 euros. Esto supone que para cantidades inferiores a los 800.000 euros no se podrá acudir al Alto Tribunal.
El segundo aspecto de la reforma es que no podrá haber recurso de apelación ante las audiencias provinciales si se trata de juicios verbales por reclamación de cantidad inferiores a 6.000 euros. En estos casos lo que decida el juez será definitivo.
No obstante, el ciudadano seguirá disponiendo de posibilidades extraordinarias de pedir que se revise esta decisión del juez, puesto que podría solicitar la anulación de la sentencia o recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional.
Desde el Ministerio de Justicia se destaca que el 85 por ciento de las sentencias de los jueces de primera instancia son confirmadas, lo que da idea de la fiabilidad del sistema. Además, el departamento de Caamaño remarca que el Supremo debe centrarse en crear doctrina y no en resolver recursos de casación.
Asimismo, el departamento de Caamaño negó que estos cambios beneficien “a los ricos”, puesto que los jueces de primera instancia tienen un elevado índice de eficacia.

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