El TS rechaza reducir los 30 años de estancia en prisión al etarra Rubenach

  • El Supremo ha rechazado reducir los 30 años de cumplimiento efectivo en prisión acordado para el etarra Germán Rubenach Roig, que pedía que se le aplicara a ese límite máximo las redenciones por trabajo e invocaba para ello la sentencia del Tribunal de Estrasburgo sobre la doctrina Parot.

Madrid, 12 feb.- El Supremo ha rechazado reducir los 30 años de cumplimiento efectivo en prisión acordado para el etarra Germán Rubenach Roig, que pedía que se le aplicara a ese límite máximo las redenciones por trabajo e invocaba para ello la sentencia del Tribunal de Estrasburgo sobre la doctrina Parot.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) desestima así el recurso que interpuso Rubenach, miembro del "comando Nafarroa" de ETA en la década de los ochenta, contra la decisión de la Audiencia Nacional de aplicarle la doctrina Parot, lo que supone restar las redenciones sobre cada una de las penas y no sobre los 30 años del límite máximo de cumplimiento en prisión.

Respecto a la sentencia del Tribunal de Estrasburgo, que el pasado julio amparó a la presa etarra Inés del Río con el argumento de que, en su caso, se hizo una aplicación "irregular" de la llamada "doctrina Parot" y que ha sido recurrida, el Supremo recuerda que "está pendiente de firmeza y no es definitiva".

"Solo si cristaliza tal decisión mediante su refrendo" por la Gran Sala, que debe resolver el recurso del Gobierno español, "habrá que arbitrar los mecanismo necesarios para adaptar la decisiones que hayan podido recaer antes", observa el Supremo.

Todo ello, "pese a la ausencia todavía de una normativa interna que prevea y regule la eficacia de esas decisiones emanadas de órganos supranacionales sobre sentencias firmes en el ordenamiento interno".

No obstante, "a la luz de la legislación vigente", interpretada por el Supremo y el Tribunal Constitucional, los criterios que dimanan de la llamada doctrina Parot no han sido todavía desmentidos "definitivamente por ese Tribunal supranacional".

Por ello, el Supremo confirma la decisión de la Audiencia Nacional en este caso y condena a Rubenach al pago de las costas de este recurso.

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