El valor de los pisos de los parlamentarios no figurará en sus declaraciones

  • El valor de las viviendas o fincas propiedad de los diputados y senadores no aparecerá en las detalladas declaraciones de bienes, rentas y patrimonio de los parlamentarios que se publicarán a partir de septiembre, sino la clase de inmueble, sus características y ubicación provincial.

Madrid, 22 jul.- El valor de las viviendas o fincas propiedad de los diputados y senadores no aparecerá en las detalladas declaraciones de bienes, rentas y patrimonio de los parlamentarios que se publicarán a partir de septiembre, sino la clase de inmueble, sus características y ubicación provincial.

El Boletín Oficial de las Cortes Generales publica hoy el formulario que todos ellos deben completar antes del próximo 7 de septiembre, a fin de que puedan ser consultadas a partir del día siguiente, y sin traba alguna, por los ciudadanos, en las páginas web del Congreso y el Senado.

Las valoraciones a las que obliga el documento son extremadamente detalladas, aunque en la parte referida a los "bienes patrimoniales" no aparece ningún apartado para consignar su importe, como sí ocurre con los inmuebles de los ministros y secretarios de Estado, cuyo valor catastral se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En este caso, los grupos parlamentarios, y a través de ellos las Mesas Conjuntas del Congreso y el Senado, han optado por una descripción de los pisos y fincas de los diputados y senadores al considerar que su valor catastral puede no ser muy significativo respecto al precio real de mercado que podría tener la vivienda.

Tampoco se concreta, por razones de seguridad, la ubicación exacta de estos inmuebles, aunque sí la provincia en la que están situados, o el país, en el caso de que lo sean en el extranjero.

Eso sí, quien busque en las web parlamentarias a partir del 8 de septiembre podrá saber qué clase de inmueble tiene cada diputado o senador, si es piso, vivienda, plaza de aparcamiento, local comercial, nave industrial... etc, y si tiene uno o varios.

Igualmente aparecerá consignada la fecha de su adquisición, el tipo de propiedad y las condiciones en que lo obtuvo, por compraventa, herencia o donación.

Todo ello se aplicará a las fincas rústicas y también a los bienes propiedad de las sociedades en las que los declarantes tengan acciones o participaciones.

En el caso de los coches particulares, tampoco figurará su valor de compra, sino la fecha de adquisición y el tipo de vehículo.

Incluso está previsto, para aquellos parlamentarios con mayor capacidad económica, la posibilidad de que declaren "embarcaciones y aeronaves".

Los motivos de seguridad también les facultan para no reseñar en sus declaraciones las matrículas de sus vehículos.

Además de las posesiones y beneficios de diputados y senadores, también deberán incluir en sus declaraciones las "deudas y obligaciones patrimoniales" de cada uno de ellos, la fecha de concesión, su importe y el saldo pendiente de devolución.

De esta manera, la información que se hará pública incluye en un primer capítulo las rentas percibidas por cada diputado y senador, sean salarios, sueldos, honorarios u otras, los dividendos y los beneficios obtenidos de sociedades, los intereses de sus cuentas y también otras rentas distintas, como planes de pensiones, así como la cuota líquida pagada en la última declaración del IRPF.

El segundo apartado incluye la relación de los bienes inmuebles y también los depósitos bancarios, descritos por su clase sin necesidad de que figure la entidad bancaria, y el saldo conjunto de todas las cuentas.

Si disponen de títulos de deuda pública, obligaciones, bonos, pagarés, acciones y todo tipo de activos financieros, también deberán reseñar su valor, sin olvidar las sociedades que estén participadas en más de un 5 por ciento por otras que puedan ser propiedad, total o parcialmente, del parlamentarios.

Los últimos apartados del formulario se reservan a los vehículos y al valor de "otros bienes, rentas o derechos de contenido económico" y la descripción de sus deudas y acreedores.

Toda esta información, con la que el Congreso y el Senado pretenden dar la máxima transparencia al patrimonio de los parlamentarios, se añade a la que ya figura en la red sobre el salario que perciben diputados y senadores.

El Boletín de las Cortes también publica hoy la resolución que reforma el Reglamento de pensiones que suprime el complemento que podían percibir los parlamentarios jubilados con al menos siete años de permanencia en sus escaños.

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