Eta. Arkaitz goikoetxea, condenado a 515 años de cárcel por el asesinato de un guardia civil


La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a un total de 515 años de prisión a Arkaitz Goikoetxea, ex jefe del “comando Vizcaya” de ETA, por el atentado contra la casa cuartel de Legutiano (Álava), en el que murió el guardia civil Juan Manuel Piñuel, según consta en la sentencia, hecha pública hoy.
Akaitz Goikoetxea ha sido condenado junto con Aitor Cotano Sinde e Iñigo Gutiérrez Carrillo. La Audiencia Nacional le considera criminalmente responsable de un delito de asesinato terrorista, 26 de asesinato terrorista intentado, uno de estragos terroristas, otro de daños y dos de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno.
El tribunal considera culpable de los mismos delitos a Aitor Cotano Sinde, a quien impone la misma pena que a Arkaitz Goikoetxea, mientras que a Iñigo Gutiérrez le impone una pena de ocho años de prisión por un delito de colaboración con organización terrorista.
La Audiencia Nacional considera probado que el 11 de mayo de 2008 Aitor Cotano e Iñigo Gutiérrez viajaron a Francia para llevar a España una furgoneta robada y cargada con explosivos, sabiendo que este material se iba a emplear el 14 de mayo en el ataque al Cuartel de la Guardia Civil en Villarrela-Legutiano (Álava).
Para el tribunal, fue Arkaitz Goicoetxea quien, junto a otra persona, dejó estacionada la furgoneta-bomba, con unos 150 ó 200 kilos de amonal, junto a la puerta de acceso al recinto de ese edificio. El vehiculo explotó a las 2.55 horas del 14 de mayo de 2008.
El impacto de la explosión causó la muerte por traumatismo raquimedular cervical del guardia civil Juan Manuel Piñuel Villalón. Tenía 41 años, estaba casado y tenía un hijo. Entre los 26 heridos (doce civiles y 15 agentes de la Benemérita), se encuentran la mujer de la víctima, que tardó 65 días en sanar de las heridas sufridas, y el niño, que ha estado en tratamiento psicológico desde entonces.
El atentado fue reivindicado por ETA en un comunicado remitido al periódico Gara y publicado el día 30 de mayo de ese mismo año.
El tribunal prohíbe a los tres condenados por este atentado “que residan en Legutiano y que se acerquen a las víctimas del atentado por un tiempo de diez años contados a partir del cumplimiento de la pena privativa de libertad”.

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