Eta. Condenados a cuatro años de cárcel dos jóvenes por quemar bancos en pamplona


La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años y medio de cárcel a Iker Araguas e Iñaki Marín por haber participado en la quema de dos sucursales bancarias en Pamplona en septiembre de 2008 tras una manifestación abertzale.
El tribunal, presidido por el magistrado Javier Martínez Lázaro, ha condenado por los mismos hechos a dos años y medio de prisión a Diego Javier Octavio y ha decidido absolver a los acusados Francisco Javier Arina, Imanol Salinas e Ibai Moreno, según consta en la sentencia hecha pública hoy.
Los magistrados han encontrado a Aragua, Marín y Octavio culpables de los delitos de desórdenes públicos y daños terroristas con el agravante de uso de disfraz. La pena impuesta a Octavio es dos años menor que la de los otros dos condenados porque se le ha aplicado la atenuante de reparación del daño ya que, antes de la celebración del juicio, “procedió al pago de las responsabilidades civiles reclamadas”.
La sentencia considera probado que, sobre las 18.10 horas del 13 de septiembre de 2008, tras una manifestación que tuvo lugar en el centro de Pamplona bajo el lema “Stop estado de excepción”, Octavio, Marín y Aragua, junto con otras personas no identificadas, con las caras tapadas y usando guantes de látex, arrancaron unos contenedores, les prendieron fuego y cortaron con ellos la calle Chapitela de la capital navarra.
Acto seguido rompieron los cristales de dos sucursales bancarias, las rociaron con líquido inflamable y les prendieron fuego. Los daños ocasionados ascendieron a más de 20.000 euros.
La Sección Primera de lo Penal destaca en su resolución que los condenados llevaron a cabo este acto vandálico “en el ámbito de la campaña de violencia desarrollada por el entorno de ETA” y con el fin de “alterar de forma grave la paz y la tranquilidad ciudadana”.
Octavio reconoció en el juicio su participación en los hechos. Por su parte, Araguas y Marín reconocieron su participación en la declaración que prestaron ante la policía tras ser detenidos pero se negaron a contestar en la vista oral a las preguntas de la Fiscalía.
“No existe, por el contrario, material probatorio suficiente para imputar a los acusados Francisco Javier Arina, Ibai Moreno e Imanol Salinas su participación en los hechos”, concluye el tribunal.

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