Eta. Interior asegura que durante cuatro horas no tuvo “posibilidad jurídica” de detener a plazaola


El Ministerio del Interior aseguró hoy que este martes hubo más de cuatro horas en que no hubo “posibilidad jurídica” de detener al etarra Alberto Plazaola, a pesar de que los medios de comunicación ya habían informado de la resolución del Tribunal Supremo que implicaba la vuelta a prisión de este terrorista.
A través de un comunicado, Interior explicó que este martes “a las 12,56” horas se conoció, “a través de teletipos”, la sentencia del Supremo contra Plazaola, pero que no fue “hasta las 17,22 cuando se recibe el auto ordenando la detención”.
El departamento que dirige Jorge Fernández Díaz aseguró que durante esas más de cuatro horas no existió “posibilidad jurídica alguna de proceder" al arresto del terrorista por parte de la Policía Nacional o la Guardia Civil.
Al mismo tiempo, Interior se refirió a que el etarra fue puesto en libertad el 4 de diciembre pasado, sin que judicialmente se adoptase ninguna “medida cautelar alguna ni condición de ningún tipo”. Esto sucedió así porque la Audiencia Nacional consideró “extinguida” la responsabilidad penal de Plazaola y “cumplidas las penas privativas de libertad”.
“OBSTACULIZAR” EL ARRESTO
El Ministerio añadió que “la situación de libertad no queda, de ningún modo, condicionada por estar pendiente de resolución un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el auto de la Audiencia Nacional que ordenó la puesta en libertad”. “En consecuencia”, remarcó Interior, “nuestro ordenamiento jurídico no permite establecer dispositivos de vigilancia policial permanente sobre personas que se encuentran en situación de libertad”.
Al mismo tiempo, el departamento de Fernández Díaz se refirió a que, tras conocerse el fallo del Supremo contra Plazaola, “un grupo de personas concentradas desde primera hora de la tarde” frente a su domicilio trataron “de obstaculizar dicha detención”.
Finalmente, Interior se refirió a que a las 20,44 horas del martes las Fuerzas de Seguridad recibieron el auto que autorizaba “la entrada y registro en el domicilio” del etarra “para llevar a cabo la detención”. El Ministerio concluyó que “para practicar dicho registro era necesaria la presencia en el mismo de la secretaria judicial de Bergara, comisionada a estos efectos”.

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