Expertos comparecen en el Congreso a partir de mañana por ley igualdad trato

  • Varios expertos comparecerán mañana y el martes en la Comisión de Igualdad del Congreso, a petición de los grupos parlamentarios, para analizar el Proyecto de Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación.

Madrid, 10 jul.- Varios expertos comparecerán mañana y el martes en la Comisión de Igualdad del Congreso, a petición de los grupos parlamentarios, para analizar el Proyecto de Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación.

En concreto, la primera en comparecer el lunes será la secretaria del Fórum de Política Feminista, Begoña San José, seguida del presidente de la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (CEAPA), Jesús María Sánchez.

Por la tarde, está previsto que acudan el presidente de la Federación de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), Antonio Poveda, el secretario Confederal de Relaciones Institucionales y Comunicación (USO), José Luis Fernández Santillana, y la responsable de campaña de Save the Children, Yolanda Román.

Al día siguiente comparecerán el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Luis Cayo Pérez, y el presidente de la Confederación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos y Padres de Familia (CONCAPA), Luis Carbonell.

También lo harán la presidenta de la Fundación Mujer, Familia y Trabajo, Gloria Juste, y la secretaria confederal de Igualdad de UGT, Almudena Fontecha.

EL proyecto de ley de igualdad de trato, que fue aprobado el pasado 27 de mayo, prohíbe la financiación pública para centros educativos que discriminan a alumnos y establece sanciones de entre 300 y medio millón de euros.

La ley, que responde según el Gobierno a la necesidad de que la ciudadanía pueda ejercer plenamente sus derechos y para garantizar que nadie pueda ser discriminado, incluye a todas las personas y alcanza a ámbitos como el empleo, la educación, la asistencia sanitaria, el acceso y permanencia en establecimientos o espacios abiertos al público y la publicidad, entre otros.

Además, abarca la afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales y profesionales; la protección social, prestaciones y servicios sociales; y el acceso a bienes y servicios a disposición del público (incluida la vivienda).

La ley aporta a los motivos de discriminación recogidos hasta ahora en la Constitución y en la normativa europea, la identidad sexual y la enfermedad.

Así, los motivos de discriminación que se recogen en la ley son nacimiento, origen racial, o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

La norma incorpora por primera vez al ordenamiento jurídico definiciones como discriminación por asociación y discriminación por error, discriminación múltiple, acoso discriminatorio, inducción, orden o instrucción de discriminar o represalia.

La ley especifica que en la contratación de seguros, en ningún caso el sexo podrá constituir un factor que determine diferencia de trato en las primas y prestaciones de las personas aseguradas.

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