Fomento recuerda que transportar viajeros sin autorización puede conllevar multas de hasta 18.000 euros


El Ministerio de Fomento recordó hoy que la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) exige que las personas y empresas que realicen transportes de viajeros por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica se encuentren previamente autorizados.
Así lo indicó en nota de prensa el departamento que dirige Ana Pastor "ante la aparición de anuncios en los medios y redes de comunicación mediante los que diversas empresas hacen pública su intención de poner en marcha plataformas de contratación de servicios de transporte de viajeros en vehículos de turismo particulares".
Fomento explica que esta autorización tiene por objeto asegurar que el servicio recibido por los usuarios reúne unas condiciones de seguridad y calidad adecuadas.
Así, las personas o empresas que realicen esos servicios con sus vehículos careciendo de la preceptiva autorización incurrirán en una infracción muy grave sancionable con multa de 4.001 a 6.000 euros, que podría aumentar hasta 18.000 en caso de reiteración.
Por su parte, aquellos usuarios que contraten los servicios de transportistas no autorizados incurrirán en una infracción grave sancionable con multa de 401 a 600 euros.
Igualmente, quienes contraten o facturen en nombre propio la prestación de servicios careciendo de autorización, incurrirán en una infracción muy grave sancionable con multa de 4.001 a 6.000 euros, que podría aumentar también hasta los 18.000 euros.
El Ministerio de Fomento explica también que quienes oferten la prestación de esos servicios sin disponer de autorización, tanto si dirigen su oferta de forma individual a un único destinatario como si la hacen pública para conocimiento general a través de cualquier medio, incurrirán en una infracción grave sancionable con multa de 801 a 1.000 euros.

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