Justicia universal. El juez pedraz seguirá investigando el asalto a la embajada española de guatemala y el genocidio maya


El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decidido incoar el sumario y continuar con la investigación por el asalto a la embajada española en Guatemala en 1980, en el que murieron 36 personas, tres de ellas españolas, por el asesinato de otros tres religiosos y por el genocido maya.
En un auto dictado hoy, Pedraz explica que de acuerdo con la reforma legal de la justicia universal sólo cabría mantener la investigación por el delito de terrorismo al haber víctimas españolas.
Sin embargo, a su juicio “debe extenderse el título de jurisdicción universal al resto de los delitos” investigados de genocidio, crímenes de género, lesa humanidad, torturas, asesinato y detención ilegales, “porque de otra forma se rompería la denominada continencia de la causa”, al ser “imposible” juzgarlos por separado.
Según el auto conocido hoy, “España tiene jurisdicción sobre los hechos porque son delito de terrorismo”, pero “como estos hecho pueden ser constitutivos de los otros delitos, los cuales, además, serán conexos a los delitos de terrorismo, resulta incuestionable, al menos en esta fase de la investigación, que la jurisdicción española es competente para conocer de todos los delitos citados”
El juez entiende que no procede planear cuestión de inconstitucionalidad, como había pedido alguna de las partes personadas, al ser “factible” la continuación de la causa por todos los delitos investigados, y no procede el archivo.
Pedraz acuerda también dirigir una comisión rogatoria a Guatemala a fin de comprobar si han existido procedimientos judiciales sobre estos mismos hechos “con las debidas garantías” de acuerdo con el derecho internacional. Una vez recibido, se elevará exposición razonada al Tribunal Supremo para que lo compruebe, tal y como establece la reforma judicial.
El caso tuvo su origen en una denuncia presentada por la Premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú contra ocho altos cargos guatemaltecos, como consecuencia de la cual se abrió la causa en 1999. Cuatro años después, en 2003, el Tribunal Supremo ordenó que se investigaran los hechos.
Los fallecidos españoles fueron Jaime Ruiz del Árbol, Luis Felipe Sanz Martínez y María Teresa Vázquez de Villa. Además, el propio embajador sufrió heridas de consideración.
Los sacerdotes cuya muerte se investiga son José María Gran, Faustino Villanueva y Juan Alonzo Fernández, asesinados por el Ejército guatemalteco en junio de 1980, julio de 1980 y febrero de 1981, respectivamente; y Carlos Pérez Alonzo, secuestrado por militares el 2 de agosto de 1981. En esta causa también se investiga el genocidio de más de 500 mujeres mayas y la desaparición de más de 250.000 personas de esa etnia en todo el país.
La Fiscalía considera que Santiago Pedraz puede seguir investigando el caso del asalto de la embajada de España en Guatemala, ya que esta causa de justicia universal se salvaría del archivo por la calificación de los hechos como delito de terrorismo.
En un informe, el fiscal Pedro Martínez Torrijos asegura que la limitación de la justicia universal aprobada por el Parlamento no afecta a este caso, puesto que en la querella los hechos se califican como terrorismo. Ahora el juez considera que el resto de delitos están conectados con ese y que tienen que ser investigados a la vez.
La reforma de la justicia universal, es decir, de la capacidad de un juez español para juzgar determinados delitos cometidos fuera del territorio nacional, diferencia entre unos delitos y otros, de manera que solo en el caso de terrorismo y trata de seres humanos es suficiente con que la víctima sea española para que los tribunales nacionales puedan investigar.
El fiscal aseguraba en su informe que no cabría plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, ya que "no existe obstáculo legal para mantener la jurisdicción en este caso y continuar con la investigación".
El fiscal también recordaba que en el caso del asalto a la embajada se investigan delitos -terrorismo, genocidio y torturas- que implican penas elevadas, y pide por ello al juez que tras concluir con la investigación lo eleve a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para que sea este tribunal superior el que decida si cabe archivarlo o llevarlo a juicio.
Cuando el Tribunal Supremo ordenó en 2003 a la Audiencia Nacional que lo investigara, advirtió de que debían esclarecerse sólo los hechos que afectasen a españoles, en el caso del asalto a la embajada de España y los asesinatos de sacerdotes españoles.

Mostrar comentarios