La audiencia de madrid condena a ‘el solitario’ a más de cinco años de cárcel por el atraco a una sucursal del banco popular


La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Jaime Jiménez Arbe, conocido como ‘El Solitario’, a cinco años y tres meses de prisión por el robo con intimidación cometido el 7 de febrero de 2007 en la sucursal del Banco Popular de la carretera de Canillas de la capital.
Los magistrados han considerado probado que el ‘El Solitario’, disfrazado para evitar su identificación con una perilla y un bigote, unas gafas de pasta, una gorra boina de color gris oscuro y un abrigo de tres cuartos, entró en la sucursal del banco y tras dirigirse directamente a la caja y exhibir una pistola de color oscuro, intimidó a los empleados y obtuvo un botín de 16.510 euros.
Pese al empeño por ocultar su identidad, los jueces de la Audiencia Provincial de Madrid consideran suficientemente acreditado que Jaime Jiménez Arbe fue el autor del atraco.
La sentencia hecha pública hoy señala como argumentos para llegar a esta conclusión la complexión física y aspecto, el uso de los mismos disfraces y armas, la actuación en solitario, la coincidente franja horaria en la que cometía los delitos y el hecho de que llevara las palmas de las manos cubiertas con esparadrapo para evitar la obtención de huellas dactilares.
En cuanto al delito por depósito de armas de guerra y municiones por el que también se sentaba en el banquillo ‘El Solitario’, los magistrados consideran que Jaime Jiménez Arbe ya fue condenado tanto por la Audiencia Provincial de Navarra como por el Tribunal de Figueira de Foz (Portugal), y concluyen que no cabe por tanto una nueva condena basada en la posesión por el acusado de las armas halladas en los registros practicados en su domicilio y en la nave ubicada en Pinto.
Los jueces manifiestan que “estamos ante un único delito de depósito de armas de guerra, de armas prohibidas o reglamentadas y de municiones por el que el acusado ya ha sido condenado en España a una pena de siete años de prisión y en Portugal a sendas penas de cuatro años de prisión y de un año y seis meses de cárcel”.

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