La Suprema Corte de México emite segundo fallo que limita el fuero militar

  • La Suprema Corte de México determinó hoy que los tribunales civiles deberán enjuiciar a los militares que falseen declaraciones para involucrar a civiles en delitos, al resolver el caso de tres soldados que acusaron a una persona de transportar marihuana.

México, 14 ago.- La Suprema Corte de México determinó hoy que los tribunales civiles deberán enjuiciar a los militares que falseen declaraciones para involucrar a civiles en delitos, al resolver el caso de tres soldados que acusaron a una persona de transportar marihuana.

Es el segundo caso que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelve dentro de un paquete de 30 expedientes relacionados con los límites al fuero militar, y pretende sentar precedente para juicios futuros.

Con ocho votos en favor y dos en contra el pleno resolvió que serán jueces federales los que tendrán la facultad para enjuiciar a soldados que incurran en el delito de falsedad de declaraciones judiciales e informes dados a una autoridad, en su modalidad de simulación de pruebas.

En 2011 un tribunal militar giró una orden de aprehensión contra Clemente Hernández Jiménez, teniente de infantería; Antonio Martínez Morales, sargento segundo de infantería, y Aníbal González Rangel, cabo de infantería, para que fueran juzgados por falsedad de declaraciones contra un joven al que acusaron de traficante de drogas.

Los propios militares reconocieron que habían sacado ilegalmente el auto de la casa de una mujer para después colocar el estupefaciente y presentar el vehículo como prueba.

El juez militar encargado de resolver el caso consideró que el asunto debía resolverse por la vía civil ya que se tendría que aplicar uno de los criterios utilizados en el caso Rosendo Radilla.

En julio de 2011, la propia SCJN restringió el fuero militar en México, atendiendo a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) de 2009 relacionado con Rosendo Radilla, desaparecido en 1974.

No obstante, la resolución quedó como recomendación y no en obligación. Ahora, la Suprema Corte analiza desde la semana pasada 30 amparos relacionados con las resoluciones de cortes militares.

"Es la existencia de la víctima la que genera la vulneración de los derechos", sostuvo el magistrado José Ramón Cossío de la SCJN.

"El tema no es que haya una víctima conceptualizada desde el punto de vista del derecho penal, sino que haya afectación de personas ajenas a las fuerzas armadas. En este caso se cumple el requisito porque hay una denuncia de los civiles afectados por la actuación irregular de los elementos del Ejército", dijo a su vez el también magistrado Jorge Mario Pardo.

El jueves pasado el máximo tribunal mexicano determinó que cualquier delito cometido por un militar contra un civil sea juzgado por un tribunal civil, en relación con el caso de una impugnación interpuesta por civiles contra un coronel acusado de encubrir el homicidio de un joven en 2011.

Se espera que en esta misma semana resuelva, además, el primero de otros seis amparos relativos a ejecuciones extrajudiciales de civiles presuntamente ordenadas por un coronel y un teniente entre 2009 y 2010.

Los ministros también analizarán el caso de Otilio Cantú, un joven que presuntamente fue asesinado por militares comisionados a la policía estatal de Nuevo León, en abril de 2011.

De acuerdo a portavoces de la Corte, no todos los casos tienen que ver directamente con delitos de militares perpetrados contra civiles.

Sin embargo, existe otros seis casos que tienen que ver con soldados que fueron detenidos por trasiego de droga de Ciudad de México a Tijuana, en Baja California. Ellos buscan un amparo para que su caso sea analizado en una corte civil.

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