Lecrim. Justicia destaca que la reforma evitará las “instrucciones interminables” de sumarios


El Ministerio de Justicia destacó hoy que la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) evitará las “instrucciones interminables que dificultan el enjuiciamiento de los responsables”.
Justicia hizo esta consideración, a través de un comunicado, al explicar el contenido del proyecto de nueva Lecrim aprobado este viernes por el Consejo de Ministros para su remisión al Congreso.
Respecto al cambio en los plazos para la instrucción de sumarios, el departamento que dirige Rafael Catalá explicó que los asuntos sencillos tendrán un plazo máximo de seis meses, mientras que para los complejos será de 18 meses, prorrogables por otro plazo similar. En ambos casos, por “razones excepcionales” el juez podrá acordar una nueva prórroga por el tiempo que precise para poner fin a la investigación.
El Ministerio resaltó que “el sistema de plazos, del que será garante el Ministerio Fiscal, favorecerá la mayor agilidad en las investigaciones, al evitar instrucciones interminables que dificultan el enjuiciamiento de los responsables”.
“INVESTIGADO” POR “IMPUTADO”
Otro punto de la reforma de la Lecrim es que el término "imputado" se sustituye por "investigado" en la fase de instrucción y por "encausado" tras el auto formal de acusación
Además, las sentencias de las Audiencias Provinciales serán revisadas en segunda instancia por los Tribunales Superiores de Justicia, mientras que los fallos de la Audiencia Nacional podrán recurrirse a una Sala de Apelación específica para esta sede jurisdiccional.
Otra novedad es que los atestados policiales sin autor conocido -salvo que se vea comprometida la vida, la integridad física o la indemnidad y libertad sexuales- no se remitirán a los juzgados, donde en la actualidad son archivados inmediatamente.
INTERVENIR COMUNICACIONES
Cuando se apruebe la reforma, los atestados serán conservados por la Policía Judicial a disposición de jueces y fiscales. Según Justicia, “esto contribuirá a descongestionar los juzgados de expedientes que generan tareas meramente burocráticas, lo que permitirá a los jueces centrarse así en las investigaciones”.
También se incluye como novedad en la futura Lecrim una nueva regulación de la intervención de comunicaciones. La regla general es que se requerirá autorización judicial para acordar una medida de intervención o registro de las comunicaciones de cualquier clase que se realice, a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual.
El juez accederá siguiendo los principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida. La autorización podrá ser concedida cuando la investigación tenga por objeto alguno de los delitos siguientes: los castigados con una pena máxima de, al menos, tres años de prisión; los cometidos en el seno de un grupo u organización criminal; los de terrorismo; y los cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la telecomunicación.

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