Los policías de servicio que no vayan a votar tendrán un día libre

    • Los agentes que trabajen el día de las europeas para garantizar la normalidad en el día de votación recibirán 143,42 euros.
    • Este sindicato policial destaca que esta cantidad está "congelada" desde 2011, algo por lo que ha protestado, al entender que ésta es una compensación "insuficiente"

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) asegura que los agentes que estén de servicio el día de las elecciones europeas del 25 de mayo y no se cojan las cuatro horas a las que tienen derecho para ir a votar serán recompensados con un día libre.

El SUP ha trasladado a sus afiliados que este asunto fue tratado en un encuentro con sus mandos que tuvo lugar el pasado 24 de abril, donde se analizó el dispositivo policial para los comicios europeos.

Según informa este sindicato en su web, en esta reunión se les trasladó que los agentes que trabajen el día de las europeas para garantizar la normalidad en el día de votación recibirán 143,42 euros. Este sindicato policial destaca que esta cantidad está "congelada" desde 2011, algo por lo que ha protestado, al entender que ésta es una compensación "insuficiente" para los efectivos de la Policía.

Además, los agentes que estén de servicio el 25 de mayo tendrán un máximo de cuatro horas para votar. No obstante, el SUP asegura que los mandos les han informado que "quienes presten servicio ordinario durante la mañana o la tarde del día 25 de mayo, y no hagan uso de su derecho a voto, serán compensados con un día libre (turno de trabajo) o media jornada extraordinaria".

En este sentido, según explica el Ministerio del Interior en su página de Internet (http://www.infoelectoral.mir.es/), los ciudadanos que deben acudir obligatoriamente a su lugar de trabajo en jornada electoral tienen derecho a unas horas para trasladarse a los puntos de votación y ejercer su derecho al sufragio.

En concreto, la Administración del Estado o las comunidades autónomas deberán adoptar "las medidas precisas para que los electores que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidas". Además, "cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso".

Asimismo, según Interior, "en caso de personas que por estar realizando funciones lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se deriven dificultad para ejercer el derecho de sufragio el día de las elecciones, las medidas precisas a adoptar irán encaminadas a que estas personas puedan votar por correo y cuenten para ello con permiso de hasta cuatro horas libres para poder solicitarlo siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General".

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