Madrid. La comunidad ayudará con hasta 10.000 euros la contratación de parados con discapacidad en cooperativas


El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid autorizó hoy un gasto de 950.000 euros para el fomento del empleo y la mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales, destinado a la incorporación de desempleados como socios de estas empresas, según explicó el portavoz del Ejecutivo autonómico, Salvador Victoria.
En este sentido, indicó que esta medida facilitará la incorporación al trabajo de colectivos desfavorecidos, ya que está destinada, entre otros, a desempleados en situación de exclusión social y a desempleados con discapacidad.
Las ayudas permitirán subvencionar con un mínimo de 5.500 euros y un máximo de 10.000 euros a cada desempleado contratado.
Asimismo, se subvencionarán inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de dichas cooperativas, o las actividades de formación, difusión y fomento del empleo en la economía social.
Serán beneficiarios de la cantidad máxima de las ayudas a la contratación (10.000 euros) los desempleados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que se incorporen en jornada completa.
La subvención será de 7.000 euros en caso de que los desempleados que se incorporen a la sociedad laboral o cooperativa sean mujeres menores de 25 años, que no haya tenido antes un empleo fijo; mujeres mayores de 45 años; desempleadas de larga duración o que se incorporen en los 24 meses siguientes a la fecha de parto, adopción o acogimiento.
Estas ayudas se destinan también a subvencionar aquellas inversiones que contribuyan a la consolidación o mejora de las cooperativas y sociedades laborales; a la prestación de asesoramiento asistencia técnica -estudios de viabilidad; gestión empresarial; recursos humanos-; así como a la realización de actividades formativas y de difusión, con una cuantía que puede alcanzar el 100% de la actividad, con un máximo de 18.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes se realizará a partir del día siguiente a la publicación de la orden en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid, y hasta el 30 de mayo de 2015.

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